Resolución de 30 de septiembre de 2002 (B.O.E. de 30 de octubre de 2002)

AutorManuel-Ángel Martínez García
Páginas300-304

COMENTARIO

Seré deliberadamente breve en mi comentario. Esta resolución de 30 de septiembre de 2002, en cuya génesis y posible significado «político» no quiero entrar para nada, ha sido criticada por algunos por considerar que en ella la Dirección General se aparta claramente de la línea fijada en las anteriores (las últimas citadas en los vistos, comentadas en los números de junio y julio-agosto de esta revista). Ciertamente, quizá al querer contentar a algunos, el Centro Directivo ha «hilado fino», y distingue entre negocios jurídicos sencillos (compraventa, cancelación), en la que la calificación jurídica contenida en el título más el juicio de suficiencia «para esta escritura» es considerado bastante (resoluciones antes citadas), y otros negocios jurídicos de entramado más complejo, para los que exige referencia concreta en el propio juicio de suficiencia.

Mantengamos la...

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