Resolución de 30 de noviembre de 2005 (B.O.E. de 12 de enero de 2006)

AutorSantiago Gotor Sánchez
CargoNotario de L'Hospitalet de Llobregat
Páginas238-244

COMENTARIO

Page 244

El objeto de esta resolución versa acerca del ámbito de la calificación de los registradores, así como de los medios de los que éstos disponen para efectuar su función calificadora. Con respecto al primer problema, el centro Directivo aclara, una vez más, la distinta esfera de actuación en la que los notarios y los registradores ejercen su función de control de legalidad. Así como los notarios han de calificar el hecho que es objeto de la escritura para autorizar o denegar el otorgamiento de ésta, los registradores deben calificar la escritura cuya inscripción se pretende; sin entrar a valorar los hechos y demás circunstancias que motivan su otorgamiento; sin que en ningún caso puedan constituirse en un segundo control de legalidad pues, como ha quedado reflejado, tienen campos de actuación distintos.

Por lo que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR