Resolución de 30 de diciembre de 1999

AutorCol.legi de Notaris de Catalunya
Páginas303-308

COMENTARIO

La presente Resolución enjuicia la actuación del compañero que autorizó la escritura de división de una finca rústica de regadío en seis parcelas (superiores cada una a la unidad mínima de cultivo para regadío y a la parcela mínima fijada en el PGOU) a la luz del contenido de Legislación Urbanística entonces vigente y hoy parcialmente sin efecto. No cabe pasar por alto, tampoco, la postura de la Corporación Municipal, tratando de derivar hacia el pasado (fecha de la autorización de la escritura) infracciones cometidas mucho después de aquélla, ya que la parcelación ilegal se había realizado sobre una de las seis parcelas resultantes de la división en su día realizada. Pero, anécdotas aparte, lo realmente interesante de la Resolución son las atinadas consideraciones que, con carácter general, formula sobre la materia y que pueden servir de guía ante situaciones similares.

Una última consideración. La conocida Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de marzo de 1997 trajo como consecuencia directa la eliminación de la mayor parte del contenido normativo del Texto Refundido de la Ley del Suelo (Decreto Legislativo 1/1992) en tanto que la competencia sobre...

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