Resolución de 24 de mayo de 1999 (B.O.E. de 22 de junio de 1999)

AutorPedro Antonio Romero Candau

COMENTARIO

Esta resolución es muy semejante a la comentada en este mismo número de 14 de mayo de 1999, a cuyo contenido me remito.

Sin embargo, tiene una diferencia con el caso de esa resolución. Aquí hay una escritura complementaria en la que los segundos adquirentes reconocen la transmisión, elevando a público el documento de transferencia.

Pero ese reconocimiento sigue siendo insuficiente: en la línea de la resolución anterior es necesario el consentimiento de esos titulares intermedios no ya a que el dominio pase directamente desde el titular registral al dueño actual, sino que se refleje debidamente la cadena de transmisiones de tal modo que se eleven a públicos todos y cada uno de los contratos intermedios.

En definitiva, el tracto...

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