Resolución de 23 de mayo de 2002 (B.O.E. de 6 de julio de 2002)

AutorPedro Romero Candau
Páginas117-120

COMENTARIO:

Lo único que añadir a la resolución de 11 de mayo de 2002 es que, en este caso, se pretende computar el plazo de la caducidad desde la sentencia firme de remate. La doctrina en esta cuestión es clara y de ahí el rechazo de la pretensión, pues, en definitiva, ha de estarse a la fecha de la práctica...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR