Resolución de 16 de noviembre de 2006 (B.O.E. de 21 de diciembre de 2006)

AutorVíctor Alonso-Cuevillas Fortuny
CargoNotario de Manacor
Páginas440-445
Comentario

Se presenta escritura de reducción de capital, por amortización de las participaciones adquiridas, en el número anterior de protocolo, a algunos de los socios. Se constituye la reserva indisponible, prevista en el artículo 40 LSRL, por el valor nominal de las participaciones amortizadas, el cual era inferior al valor por el que antes se habían adquirido las participaciones. Presentada la escritura en el Registro Mercantil, se deniega la inscripción por entender el Registrador, que hay analogía con el artículo 80 LSRL (que regula la reducción por devolución de aportaciones, y exige la constitución de reserva por el importe de lo restituido), por lo que la reserva debe constituirse por el valor efectivamente pagado a los socios por sus participaciones. La DG revoca la nota de calificación, por entender que no cabe aplicar por analogía la disposición del artículo 80 LSRL, por ser supuestos distintos.

Considero correcta la argumentación de la DG. En efecto debemos examinar cuál es el fundamento de la reserva que la LSRL obliga a constituir en ambos supuestos de reducción de capital. En este sentido el fundamento no es otro que la garantía de los acreedores, puesto que la cifra de capital representa una aportación de los socios, y es una cifra de garantía que debe mantenerse en el activo social, por ello cuando se reduce el capital, se debe constituir la reserva en garantía de los acreedores, que contrataron con la sociedad con una determinada cifra de capital, que implica una cifra de retención. En consecuencia si se restituyen las aportaciones a los socios, se les restituyen unas cifras que figuraban en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR