Resolución de 16 de enero de 2005 (B.O.E. de 24 de febrero de 2006)

AutorVíctor Alonso-Cuevillas Fortuny
CargoNotario de Manacor
Páginas337-340

COMENTARIO

Page 339

El supuesto de hecho es el siguiente; se deniega por el Registrador Mercantil el depósito de cuentas de una sociedad por dos motivos; -El capital reflejado en las cuentas anuales, no se corresponde con el capital que figura en el Registro, -como consecuencia del capital reflejado en las cuentas anuales, es necesario el informe de auditoria, el cual no se presenta.

Distinguiendo los dos defectos señalar;

  1. SOBRE LA NO CONSTANCIA DE UN AUMENTO DE CAPITAL EN EL REGISTRO, QUE ESTÁ REFLEJADO EN LAS CUENTAS

    Como ya se expuso en un comentario anterior (número Octubre de 2005), entiendo que la apreciación de estas circunstancias excede las facultades del Registrador. No está de más recordar esta doctrina, puesto que debemos partir de que en materia de depósito de cuentas anuales la labor calificadora del Registrador está aún más limitada que en otras materias sujetas a calificación registral. En efecto en materia de cuentas, lo que se hace es depositar, por lo que se trata de una mera labor de custodia de documentos, en la que la labor del Registrador se limita a la comprobación de que los documentos presentados son los legalmente exigibles. En este sentido, el artículo 219 TRLSA limita la labor registral a comprobar si los documentos presentados son los exigidos por la ley, si están debidamente aprobados por la Junta General, y si constan las respectivas firmas, y punto. Más expresivo es el desarrollo reglamentario en el artículo 368 RRM en el que se señala que «... el Registrador calificará exclusivamente...». Considero que a esta labor difícilmente se la puede llamar calificación.

    Sin embargo, a pesar de la dicción literal de los preceptos anteriores, la RDGRN de 28 de febrero de 2005 admite que el Registrador Mercantil deniegue el depósito de las cuentas, por no coincidir el capital social que figura en éstas, con el que figura en el Registro Mercantil a causa de no haber accedido al Registro un aumento de capital. Esta misma Resolución es citada por el Registrador Mercantil, para denegar en este supuesto, aunque entre ambos no exista identidad de razón.

    Por todo lo anterior considero que el Registrador Mercantil no puede denegar el...

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