Resolución de 14 de febrero de 2000 (B.O.E de 21 de marzo de 2000)
Autor | Pedro Romero Candau |
Páginas | 258-262 |
COMENTARIO
No es necesario detenerse en el contenido de esta resolución por cuanto en ella se confirma la doctrina que el Centro Directivo estableció en su resolución de 20 de abril de 1999, ya comentada en esta revista.
En este caso, el Registro refleja la existencia de tres fincas independientes: dos torres gemelas y un local intermedio destinado a garaje de todos los pisos de una y otra torre. Pero, en la realidad, existía una sola comunidad de propietarios, situación que, en el caso, se encontraba avalada por una sentencia del Tribunal Superior referida a este caso concreto, la de 10 de febrero de 1999 que así lo reconocía.
La calificación registral se produce el 7 de octubre de 1998 y -vaya en su descargo-, se fundamentaba sólidamente en la doctrina que la Dirección tenía entonces consagrada merced a sus «brillantes» resoluciones de 15-XI-1994, 19 y 20 de febrero de 1997 y 17 de abril de 1997. Sobra decir que este criterio del Centro Directivo suponía el «broche de oro» al «éxito» previo de la consecución de una nueva competencia para los Registradores de la Propiedad: la que proporcionó la Ley 10/1992, de 30 de abril, que pretendiendo eliminar del ámbito de la actuación de los Tribunales de Justicia áreas no propiamente jurisdiccionales, confió a los Registradores de la Propiedad el dilingenciamiento de los libros de actas, desarrollando el Real Decreto 1368/1992 el correspondiente procedimiento a través de la actual redacción del artículo 415 del Reglamento Hipotecario.
Y es que tan pronto como existió esta nueva competencia registral se concretó con la tarea propia de los Registradores: la inscripción; y se procuró aplicar a ella los principios hipotecarios que le son propios. Eso sí, ignorando uno de ellos, el de voluntariedad de la inscripción. De ese modo no había diligencia de libros cuando la comunidad no estuviera adecuadamente reflejada en el Registro. Algo así como si, con ocasión de la comparecencia de...
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