Resolución de 14 de febrero de 2001 (B.O.E. de 21 de marzo de 2001)

AutorRicardo Cabanas Trejo/ Rafael Bonardell Lenzano
Páginas253-265

COMENTARIO

La Resolución que ahora comentamos pone fin (esperemos) a una descarada batalla corporativa emprendida desde la DGRN por el gremio registral durante la etapa inmediatamente anterior a la actual, en la que el Centro Directivo estuvo regentado por un Registrador de la Propiedad, don Luis María Cabello de los Cobos y Mancha, de infausta memoria para el Derecho privado español, sin duda alguna. Tal como se desprende de su texto, los pronunciamientos que contiene cobran sentido en relación con otra Resolución anterior, la de 31 de marzo de 1997 (ratificada por la 11 de diciembre del mismo año); por ello, más que examinar los fundamentos de la nueva, cuyo acierto ponen de manifiesto por sí mismos, consideramos que lo verdaderamente ilustrativo es exponer la historia que la dota de significado y transcendencia.

Haciendo gala de una visión absolutamente tabular del mundo jurídico, concomitante por cierto con la conveniencia profesional del funcionario que la firmó, la Resolución de 31 de marzo de 1997 negó el atributo de la personalidad jurídica a todas las sociedades civiles, mantuvieran secreta su existencia o no la mantuvieran, con la única excepción de aquellas que, conforme al art. 1.670 CC, adoptaran alguna de las formas reconocidas por el CCo y figuraran inscritas en el Registro Mercantil. Con tal posicionamiento, la DGRN adoptaba un criterio contrario al mantenido con una práctica unanimidad desde antiguo por los comentaristas, apoyado en el art. 1.669 CC y en la propia lógica del sistema, por cuya virtud gozarían de personalidad jurídica aquellas sociedades civiles que no ocultaran su existencia en el tráfico; así las cosas, no es de extrañar que la doctrina prestara una inusitada atención a esta decisión administrativa, prodigándose en críticas a la misma (sin ánimo de ser exhaustivos, Pantaleón Prieto, F., «La personalidad jurídica de las sociedades civiles. Contra Resolución DGRN de 31 de marzo del997, La Ley, 8 de septiembre de 1997, pp. 1 y siguientes; De Eizaguirre, J. M., «La personalidad jurídica de la sociedad civil (A propósito de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 31 de marzo de 1997», La Ley, 26 de diciembre de 1997, pp. 1 y siguientes; Téllez Lapeira, A. «Sociedad civil y personalidad jurídica», La Ley, 22 de septiembre de 1997 pp. 1 y siguientes; García Mas, F.J.,«La sociedad civil: una crisis provocada. Comentario crítico a la resolución de 31 de marzo de 1997 de la DGRN»...

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