Resolución de 11 de enero de 2000

AutorRicardo Cabanas Trejo/ Rafael Bonardell Lenzano
Páginas331-335

COMENTARIO

Reitera la doctrina de la previa Resolución de 26 de agosto de 1998 (La Notaría, núm. 9,1998. pp. 328-345, aunque, por error de impresión, se imputa el comentario a la Resolución de 25 de agosto de 1998), sobre el carácter de los anuncios previstos en el art. 263 LSA, que según la Resolución de 11 de diciembre de 1996 también son exigibles en los casos de reactivación de una SA. Para la DGRN dicha publicación es un obligación que bajo su responsabilidad recae en los administradores, «pero no un requisito previo para poder practicar la inscripción». Llama la atención el argumento del Registrador de que dicha publicación es necesaria a los efectos de la posible oposición por parte de los acreedores, pues, así será en el caso de la SRL, toda vez que se les reconoce ese...

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