Reseña de las principales sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

AutorRedacción Wolters Kluwer
Páginas127-129

Page 127

ARBITRAJE PRIVADO

Acción de anulación de laudo arbitral. Notificación de la designación del árbitro o de las actuaciones arbitrales a las partes. Inexistencia de incongruencia omisiva

Sentencia TSJde Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, núm. 30/2014, de 5 de mayo (Ponente: Juan Manuel Abril Campoy) LA LEY59686/2014

ITER PROCESAL: El TSJ de Cataluña desestima la demanda de anulación de laudo arbitral, no apreciando vulneración del orden público procesal por falta de motivación o incongruencia del laudo impugnado.

Resolución por el árbitro de todas las pretensiones deducidas por las partes, no siendo necesario el complemento del laudo solicitado por la impugnante. Vulneración del orden público como causa de impugnación del laudo. Concepto de orden público conformado como concepto jurídico indeterminado que puede ser vulnerado tanto en sentido material como procesal, cuando en el procedimiento arbitral no se han respetado los principios de contradicción, defensa e igualdad de oportunidades entre las partes litigantes. Valoración de la prueba practicada sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales de las partes, concluyendo sobre las razones por las que debe amparar la pretensión de resolución contractual, por lo que no puede apreciarse la existencia de falta de motivación.

Acción de anulación del laudo arbitral dictado en procedimiento sobre impugnación de acuerdos sociales contra sociedad anónima. Desestimación

Sentencia TSJ de Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, núm. 9/2014, de 6 de febrero (Ponente: María Eugenia Alegret Burgués) LA LEY 38173/2014

ITER PROCESAL: El TSJ Cataluña desestima la demanda por la que se solicita la anulación del laudo arbitral dictado.

No cabe invocar una infracción cometida en el procedimiento como motivo de anulación, sin haber dado antes oportunidad a los árbitros para subsanarla. El motivo de nulidad invocado es extemporáneo, dada la voluntaria dejación de su derecho realizada por los hoy actores durante el procedimiento arbitral, por más que la institución arbitral se hubiese pronunciado sobre la cuestión al aceptar el arbitraje. No es necesaria la reiteración de la cláusula de sumisión a arbitraje en los pactos parasociales cuando se encuentra en vigor en los estatutos de la sociedad, no habiendo sido, además, expresamente excluida en dichos pactos.

DIVORCIO

Atribución del uso de la vivienda familiar

Sentencia TSJ de Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, núm. 21/2014, de 7 de...

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