- Inicio
- Libros y Revistas
- La Valoración Del Daño Corporal en Hechos de la Circulación. Comentarios a las Primeras Sentencias Del Tribunal Constitucional
- Una Incógnita Despejada. La Obligatoriedad Del Sistema Resarcitorio
Sistema resarcitorio de daños corporales producidos por hechos de la circulación de vehículos a motor
Autor | Jesús Fernández Entralgo |
Aunque no toque el problema expresamente (pese a haber sido planteado por una de las cuestiones de inconstitucionalidad resueltas por la Sentencia 181/2000), queda claro que el Sistema sigue vivo y vigente, sin haber sido derogado por la Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal, como sostuvieron algunas Audiencias Provinciales (Fernández Entralgo, 1999; Reglero, 2000; Medina, 2000).
La Audiencia Provincial de Teruel había interpretado (así, en su Sentencia de 16 de enero de 1997, reiterando el criterio sostenido en la de 3 de diciembre de 1996) que «... el baremo que se contiene en el anexo de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor ... no puede ser vinculante en absoluto para los órganos judiciales, por cuanto la LO 10/1995 de 23 de noviembre que integra el nuevo Código penal es posterior a la misma y, además, porque en sus arts. 109 y ss. taxativamente establece que la ejecución de un hecho descrito por la ley como un delito o falta obliga a reparar los daños y perjuicios causados, tanto materiales como morales; tanto los irrogados a los agraviados directamente como a sus familiares y a terceros. ...» . Siguió sosteniendo este mismo criterio -asociado a otros complementarios- en la 5/99, de 3 de febrero de 1999.
El sistema resarcitorio organizado por la Disposición Adicional Octava de la Ley 30/1995 habría sido, pues, inicialmente vinculante, pero su vigencia habría sido también efímera: lo que tardó en entrar en vigor el Código Penal aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.
Parece, en principio, que la resolución citada se funda en el efecto derogatorio de las normas anteriores por las posteriores. Este argumento tropezaría con un obstáculo serio, derivado de la necesidad de aplicar, a la supuesta colisión entre normas cronológicamente sucesivas, de la pauta de incompatibilidad establecida por el artículo 2º.2 del vigente Código Civil: «... La derogación tendrá el alcance que expresamente se disponga [y en la Disposición Derogatoria contenida en la Ley Orgánica 10/1995 no se incluye la Ley 30/1995] y se extenderá siempre a todo aquello que en la Ley nueva, sobre la misma materia, sea incompatible con la anterior ...»; y las normas que la Disposición Adicional Octava de la Ley 30/1995 dedica a la responsabilidad civil derivada de la conducción de vehículos a motor constituye una materia especialísima que puede subsistir dentro del marco tan general y flexible diseñado por los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba- La valoración del daño corporal en hechos de la circulación. Comentarios a las primeras sentencias del Tribunal Constitucional
- Una incógnita despejada. La obligatoriedad del sistema resarcitorio
- La sentencia 280/1997, 26 de marzo de 1997, de la sala primera del Tribunal Supremo.
- El impacto de la sentencia 280/1997 de la sala primera del Tribunal Supremo.
- La doctrina de la sala segunda del Tribunal Supremo.
- Desautorización de la doctrina jurisprudencial por el Tribunal Constitucional.
- Sistema resarcitorio de daños corporales producidos por hechos de la circulación de vehículos a motor
- El rechazo de interpretaciones alternativas conformes con la constitución
Los suscriptores pueden acceder a la versión informada de este caso.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de todos los documentos que citan el caso
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de todas los versiones de la ley con las distintas afectaciones
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver todas las afectaciones de un caso
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden acceder a una representación visual de un caso y sus relaciones con otros casos. Como alternativa a las listas de casos, el Mapa de Precedentes facilita la tarea de encontrar que caso tienes más relevancia en tu búsqueda. Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de resultados conectados a su documentos vía tópicos y citas encontradas por Vincent.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Búsquedas relacionadas:
- ley de enjuiciamiento civil
- contrato de obra
- contrato de agencia
- jura de cuentas
- contrato de arrendamiento
- expediente de dominio
- violencia de genero
- servidumbre de paso
- arrendamiento de servicios
- recurso de reposicion
Otros documentos interesantes:
- Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 5 de septiembre de 2019: Italia ha incumplido la Decisión de ejecución (UE) 2015/789, sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro de la Unión de Xylella fastidiosa (art. 7.2, letra c- obligación de eliminación inmediata de los vegetales afectados por dicha bacteria-; y, art. 7.7 - obligación de vigilancia en la zona de contención-)
- Argenttina: Trabajo de Deontología del derecho
- Contratos