Repercusión de las Leyes del Suelo autonómicas en la actividad notarial y registral

AutorJuan Carlos Martínez Ortega
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Abogado. Oficial de Notaría
Páginas115-116

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Frente a lo que podría opinarse en otros aspectos de índole política, las distintas normas urbanísticas han contribuido paulatinamente a mejorar y pulir la actuación de Notarios y Registradores en el ámbito inmobiliario y urbanístico. A ello, hay que añadir la gran cantidad de Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado relativas a conflictos de competencias Autonómicas y Estatales, que han ido asentando una serie de jurisprudencia que ha servido a los profesionales de las Oficinas Notariales en su intervención en la redacción de las escrituras relativas a la obra nueva y otras similares de carácter inmobiliario.

Algunas regulaciones autonómicas al tratar de la obra nueva hacen una somera descripción tomada, casi literalmente, de la Ley Estatal, como la gallega, catalana, la castellano-manchega o la murciana.

Otras normas, en cambio, no abordan expresamente la formalización de la declaración de obra nueva, aunque sí regulan la necesidad de obtener la licencia de primera ocupación, hoy muy relacionada con las escrituras que se autorizan en la Notaría. Podemos destacar entre ellas las leyes de Canarias, Cantabria, Castilla y León131, la de Aragón, que realza la protección del paisaje y del medio ambiente, cuyo extremo es respaldado por la legislación as-

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turiana que va más allá al referir que las edificaciones tienen que tener cierta altura, volumen y no romper la armonía del paisaje132.

Pero afortunadamente, existen algunas Comunidades Autónomas que han incluido en sus leyes del Suelo más requisitos que deben cumplir las declaraciones de obra nueva. Un ejemplo de ello, es la ley 7/2002, de Andalucía, que en su art. 176 hace una exhaustiva descripción de dichos requisitos, como la licencia urbanística, el certificado de técnico competente para la finalización de la obra; aborda cómo debe efectuarse la autorización e inscripción de las obras nuevas declaradas en construcción, haciendo alusión al acta notarial, extremo éste poco común. Además, introduce un factor novedoso inexistente hasta ese momento: la posibilidad de que el Notario solicite de la Administración pública competente información telemática sobre la situación de la...

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