Resumen de las principales novedades tributarias en el Impuesto sobre Sociedades contenidas en la Ley 25/2006, de 17 de julio, por la que se modifica el régimen fiscal de las reorganizaciones empresariales y del sistema portuario y se aprueban medidas tributarias para la financiación sanitaria y para el sector del transporte por carretera

AutorConcha Carballo Casado
CargoEconomista y Abogado
Páginas97-112

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La Ley 25/2006, de 17 de julio, por la que se modifica el régimen fiscal de las reorganizaciones empresariales y del sistema portuario y se aprueban medidas tributarias para la financiación sanitaria y para el sector del transporte por carretera, ha introducido importantes modificaciones en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo. Son las siguientes:

- Se añade una letra h) al apartado 2 del artículo 28 (Tipo de gravamen de las entidades de Derecho público Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. Disposición Final Primera).

- Se modifica, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2005, el apartado 2 del artículo 32 (Deducción para evitar la doble imposición internacional: dividendos y participaciones en beneficios).

- Se modifican, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2006:

* El apartado 2 del artículo 39 (Deducciones por inversiones medioambientales).

* El título del Capítulo VIII del Título VII (Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea).

- Los apartados 2, 5 y 7 del artículo 83 (Definiciones).

- El apartado 1 del artículo 84 (Régimen de las rentas derivadas de la transmisión).

- El apartado 1 del artículo 87 (Régimen fiscal del canje de valores).

- El apartado 1 del artículo 88 (Tributación de los socios en las operaciones de fusión, absorción y escisión total o parcial).

- El artículo 92 (Pérdidas de los establecimientos permanentes).

- El apartado 1 del artículo 96 (Aplicación del régimen fiscal).

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Artículo Primero. Modificación del apartado 2 del artículo 32 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

- Deducción para evitar la doble imposición internacional: dividendos y participaciones en beneficios.

(Ver cuadro en PDF Adjunto)

Comentario:

Con efectos desde 1-1-2005, se modifica la redacción del citado artículo que regula la DEDUCCIÓN POR DOBLE DEDUCCIÓN INTERNACIONAL.

Evitando la doble imposición que se manifiesta cuando una sociedad matriz residente en España percibe dividendos o participaciones en beneficios de sus filiales extranjeras que ya han tributado en éstas como impuesto subyacente y el dividendo se grava nuevamente en la matriz en la distribución de las filiales.

En su redacción anterior, tal DEDUCCIÓN alcanzaba a los impuestos pagados por las filiales de hasta un tercer nivel. La presente Ley extiende las posibilidades de deducción a los impuestos que hubieran soportado todas las filiales de cualquier nivel, siempre que cada relación entre filiales reúna las condiciones siguientes:

a) Participación mínima del 5 por ciento , teniéndose en cuenta en el cálculo de ese dominio tanto la participación directa como indirecta y

b) Mantenimiento de la misma de forma ininterrumpida durante un período de un año, anterior o posterior a la distribución de beneficios. Si no se cumpliera ésta condición, procederá la regularización de la deducción aplicada e incumplida, en la cantidad deducida más los intereses de demora.

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Artículo Segundo. Modificación del apartado 2 del artículo 39 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

- Deducciones por inversiones medioambientales

(Ver cuadro en PDF Adjunto)

Comentario:

Esta modificación tiene por objeto de incrementar el porcentaje de deducción por la adquisición de nuevos vehículos industriales o comerciales de transporte por carretera, desde el 10 al 12 por ciento, para dar cumplimiento en este punto a los acuerdos del Gobierno con el objeto de paliar la situación creada por la subida del precio de los carburantes.

Artículo Tercero Uno. Modificación del título del Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

- Modificación del título del Capítulo VIII del Título VII

(Ver cuadro en PDF Adjunto)

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Comentario:

La incorporación al ámbito de aplicación de la Directiva 90/434/CEE de las operaciones de traslado del domicilio social de una Sociedad Anónima Europea (SE) o de una Sociedad Cooperativa Europea (SCE) ha dado lugar a la modificación del título del capítulo VIII, régimen especial de fusiones.... para incorporar en él las operaciones de cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o de una Sociedad Cooperativa Europea dentro de la Unión Europea.

Artículo Tercero Dos. Modificación del apartado 2 del artículo 83 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

- Definiciones: Escisión parcial. Escisión financiera

(Ver cuadro en PDF Adjunto)

Comentario:

La Directiva recoge por primera vez las operaciones de escisión...

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