Relevancia práctica del estudio de los principios del proceso

AutorJoan Picó I Junoy
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Procesal. Universidad Rovira i Virgili
Páginas49-51

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La configuración de los principios procesales constituye un elemento básico para la comprensión de todo el sistema de enjuiciamiento, y de ahí su indudable trascendencia práctica. Esta relevancia se ve reforzada además por el hecho de haberse recogido la mayoría de los principios en diversos textos legales59, por lo que ya no estamos sólo ante meros principios generales del derecho, sino ante normas de aplicación directa60.

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En consecuencias, los principios procesales siguen actuando como mecanismos que cumplen una multiplicidad de funciones, ya que son: a) Instrumentos eficaces que facilitan la interpretación de los preceptos complejos o de difícil comprensión, incorporando criterios válidos para descubrir su verdadero alcance, dado el carácter informador de los principios (arts. 1.4 y 3.1 C.C.). Por ello, como de forma reiterada destaca el TS, los derechos fundamentales de carácter procesal, y muy especialmente, los derechos a la defensa y a un proceso con todas las garantías, han de ser interpretados y aplicados de conformidad con el principio de la buena fe procesal61;

b) Medios fundamentales de integración normativa para los supuestos de lagunas legales, aportando criterios capaces de facilitar la aplicación analógica de las normas (art. 4.1 C.C.);

c) Criterios susceptibles de utilizarse para resolver situaciones de conflicto entre distintos derechos. En concreto, respecto al principio de la buena fe, se ha destacado que puede actuar «como criterio de ponderación de los intereses enfrentados de las partes en una relación» y ello «a la luz de una determinada orientación valorativa» del órgano jurisdiccional62;

d) Puntos de referencia básicos a tomar en consideración en las reformas legislativas ya que, de lo contrario, las futuras leyes podrán contradecir, distorsionar o no guardar coherencia con el sistema procesal, con la consiguiente inseguridad jurídica que ello puede generar;

e) Medios para descubrir el porqué de determinadas instituciones y su concreta regulación normativa;

f) Y finalmente, los principios procesales tienen una función pedagógica, ya que son parámetros que facilitan una excelente visión

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genérica de todo el sistema procesal63.

[59] Para el principio de la buena fe procesal vid. El epígrafe 4.3 del presente capítulo.

[60] La positivización de un principio no comporta, en ningún momento, que pierda esta condición y todos los efectos que conllevan los principios generales del derecho como...

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