Relato del Congreso IDP 2012

AutorIgnacio Alamillo
CargoAbogado, CISA, CISM, ITIL
Páginas76-81

Page 77

El 8.º Congreso Internet, Derecho y Política, organizado por la Universitat Oberta de Catalunya y celebrado en las instalaciones del CosmoCaixa en Barcelona los días 9 y 10 de julio de 2012, trató asuntos relacionados con el entretenimiento en línea.

El congreso contó con tres ponencias principales, dos mesas de debate y la presentación de veintiocho comunicaciones, agrupadas en cuatro grandes bloques, recogidos en las actas correspondientes: propiedad intelectual, comercio electrónico y juego en línea, gobierno y políticas regulatorias, y privacidad.

Los retos jurídicos relacionados con la proyección de la persona en la red es un tema muy complejo. Estamos ante un fenómeno de transformación de las instituciones jurídicas, frecuentemente diseñadas sobre las limitaciones inherentes al espacio y el tiempo.

En efecto, el inicio de la vida digital de los ciudadanos, incluida la actividad lúdica y de negocio, obliga a transportar al ciberespacio reglas que podían resultar más o menos operativas en las relaciones entabladas en el mundo físico, pero que no resuelven de forma satisfactoria sus correlativos digitales, y que afectan potencialmente a los derechos de los ciudadanos y condicionan la adopción de nuevos modelos relacionales y, en su caso, de negocio.

La ponencia del profesor Greg Lastowka, de la Universidad Rutgers, trató, en este sentido, no solo de las limitaciones observadas en el intento de aplicación de las reglas de propiedad intelectual al modelo clásico de negocio que relaciona a autores y editores profesionales con los consumidores de contenidos en internet, sino de las dificultades y retos adicionales que plantean los contenidos generados por los propios usuarios, que, como es sabido, conforman la base de la denominada Web 2.0: mundos virtuales, plataformas de entretenimiento en línea, servicios de red social. Estos elementos permiten, a todos por igual, crear y difundir contenidos digitales, pero, en algunos casos, hay dudas acerca del régimen de propiedad y monetización correspondientes.

El profesor Lastowka trazó un interesante paralelismo entre los siervos de la gleba y los señores de los castillos para explicar que los usuarios se agrupan alrededor de las plataformas de la Web 2.0, a las que contribuyen con su

Page 78

creatividad, incluso pagando por ello, con su privacidad o con dinero, a cambio del privilegio de pertenecer al territorio virtual de la comunidad.

En opinión del profesor Lastowka, la actual legislación de propiedad intelectual coadyuva a la protección de las plataformas, en detrimento de los usuarios-productores, que pueden quedar desprotegidos en cuanto a sus propios contenidos e intereses. De ello se desprende la necesidad de fomentar la portabilidad de contenidos entre plataformas, así como de evitar la creación de situaciones anticompetitivas basadas en un excesivo poder de las plataformas y, en concreto, del uso de la legislación de propiedad intelectual para blindar sus contenidos y servicios más allá de lo razonable.

Sin embargo, concluyó el profesor Lastowka, la solución no pasa por un ataque a las plataformas, sino por reconocer nuevos derechos a los usuarios: crear opciones de retorno económico a los creadores, exigir derechos de acceso y portabilidad, regular el justo uso de los contenidos mediante cláusulas contractuales o considerar nuevas opciones de derecho moral de autor.

La ponencia de Fred von Lohmann, consejero jefe de propiedad intelectual de Google, trató, en una aproximación diferente, de las limitaciones de la actual legislación de propiedad intelectual como instrumento de política industrial.

Para Von Lohmann, la legislación vigente no ofrece una respuesta satisfactoria a los nuevos creadores en internet, un espacio donde la copia resulta imprescindible para las relaciones digitales, debido a la propia arquitectura técnica de los protocolos de comunicaciones electrónicas.

Si cada acto de difusión personal, cada mensaje remitido y cada operación técnica resulta encuadrable en la estricta legislación de propiedad intelectual, como así sucede, entonces la propia legislación actúa como barrera para la innovación en los servicios electrónicos, por lo cual se debería reformar dicha legislación para tratar, además de los derechos de los creadores, fórmulas equilibradas que permitan la aparición y el desarrollo de nuevos servicios, útiles y demandados por la ciudadanía.

El ponente apuntó la necesidad de apostar por una inter-pretación flexible de las excepciones y limitaciones legales, para cubrir nuevas situaciones como la indización, el acceso ubicuo a los contenidos (space shifting), la copia efímera o la remezcla de contenidos, en el camino iniciado por algunas legislaciones pioneras, como la canadiense. Asimismo, el establecimiento de reglas de puerto seguro, aunque más propias del comercio electrónico que de la legislación de propiedad intelectual, supone una reducción importante de la complejidad, lo cual facilita la prestación de los servicios.

En definitiva, el enfoque de la legislación de propiedad intelectual ha de desplazarse hacia, o al menos complementarse con, una visión de política industrial que permita la aparición y el empleo de servicios innovadores, basada en la flexibilidad.

También se debatieron en el marco de las comunicaciones presentadas en el congreso algunas de las cuestiones relevantes en relación con los retos de la propiedad intelectual apuntadas inicialmente, incluidos los problemas de interpretación jurídica en diferentes jurisdicciones europeas (Casa-rosa), o limitaciones derivadas del principio de territorialidad (Bonadio), o fallos en el principio de equivalencia funcional en relación con servicios basados en la Nube (Kerremans, Bertoni & Montagnani).

En relación con el dominio específico del comercio electrónico y el juego en línea, se trataron cuestiones controvertidas, incluidas las visiones críticas sobre el impacto de la directiva sobre los derechos de los consumidores en el comercio electrónico (Bednarz), sobre la justificación legal a las prohibiciones o restricciones al juego en línea (Carran) y sobre los mecanismos de control contractual en las plataformas de entretenimiento en línea (Rubí Puig). Asimismo, se presentaron algunos riesgos específicos de los espacios virtuales, como en el caso del blanqueo de capitales (Mallada Fernández) o el SPAM social (Vázquez Ruano).

Por lo que se refiere al dominio del ejercicio de los derechos fundamentales en internet, se presentaron comunicaciones centradas en el uso de la tecnología para el refuerzo del principio democrático en el proceso legislativo (Simón Castellano) o de participación y liberación de información pública (Nadal Sánchez & De la Cueva González-Cotera).

En otro orden de cosas, se discutió sobre la normativa de conservación de datos en relación con las infracciones de propiedad intelectual, desde una perspectiva constitucional (Torres Díaz) y a la luz de la reciente jurisprudencia europea (González Fuster). Asimismo, se presentó la potencial ineficiencia de algunas aproximaciones legales, como la de la denominada «Ley Sinde» (García Álvarez et alii).

Page 79

El primer día se cerró con una mesa redonda dedicada a los nuevos modelos de negocio en la distribución de contenidos en línea.

La segunda jornada del congreso se inició con la inter-vención del profesor Pedro A. de Miguel Asensio, de la Universidad Complutense de Madrid, centrada en el entretenimiento en línea y la protección de los consumidores. El profesor De Miguel Asensio realizó una detallada exposición de los diferentes regímenes legales aplicables en la Unión Europea, a partir de la aclaración inicial del concepto de consumidor.

El profesor De Miguel Asensio presentó críticamente los diferentes mecanismos de protección, incluidas las obligaciones de información contenidas en la normativa de comercio electrónico y venta a distancia; el derecho de desistimiento; la posible consideración de algunas cláusulas como abusivas, en el marco de la regulación de las condiciones generales; las acciones en materia de competencia desleal, publicidad ilícita o infracciones de marca; la protección de datos personales; o las acciones civiles derivadas de las intromisiones a la intimidad, el honor y otros derechos personales.

A partir de la presentación de estos mecanismos, el profesor De Miguel Asensio puso de relieve la existencia de diferentes estándares de protección, y la problemática que, en general, supone para los consumidores europeos la aplicación generalizada de la legislación de origen de los principales operadores globales, en general establecidos en Estados Unidos. A pesar de esto, realmente se aprecia un problema de efectividad en el cumplimiento de la sobreprotectora legislación europea, así como cierta desventaja competitiva de los prestadores radicados en la Unión Europea.

A continuación de esta presentación, se discutieron diver-sas comunicaciones relativas a la privacidad y el comercio electrónico, y se abordaron temas de gran actualidad, como las dificultades en el tratamiento de los dispositivos de trazabilidad en la reciente legislación europea (Kosta), los límites jurídicos y deontológicos de las nuevas formas de publicidad altamente personalizada en la web social (Martínez Pastor & Muñoz Saldaña), la protección de colectivos vulnerables, como las personas mayores (Gómez-Juárez Sidera & De Miquel Molina), o el intercambio internacional de datos de pasajeros por actores públicos en el contexto de la lucha antiterrorista, que plantea problemas de desbalance y falta de proporcionalidad (Blasi Casagran).

Posteriormente se trató de forma específica la cuestión, ya tratada en la anterior edición del congreso, del derecho al olvido, y se identificaron las principales cuestiones legales y conceptuales de este derecho emergente (Lindsay, Palacios González); por otro lado, se destacó su conexión con la dignidad humana de las personas cuya identidad ha sido divulgada por el Estado como forma de control social (Mitrou).

En el bloque del gobierno y las políticas regulatorias, se discutió sobre la necesidad de disponer de principios rectores para el cumplimiento efectivo del derecho de autor en línea (McDiarmid & Sohn), acerca de las posibles invasiones a la privacidad en la lucha contra dichas infracciones (Németh) o de la oportunidad que puede representar la adopción de políticas de ciberseguridad para revitalizar la privacidad (Porcedda). También se presentaron diversas experiencias de uso de las TIC para el incremento de la democracia (Galindo) y sobre la corregulación de internet, campo en el que se destacó la necesidad de sustentarla en la sociedad civil y los derechos humanos para que sea aceptable (Marsden).

Finalmente, tuvo lugar una mesa redonda dedicada a la privacidad en la red, con tres reputados profesores expertos en protección de datos, que tienen o han tenido responsabilidades directivas en autoridades supervisoras de datos personales, y con la directora del Departamento Legal de Google.

Como conclusiones generales del Congreso IDP 2012, podemos afirmar que estamos en un momento importante de cambio: la adopción masiva y popular de las diferentes tecnologías de la web social ha supuesto una transformación importante del modelo relacional, lo que ha afectado al sustrato sociológico en el que se basó el diseño de normas como la propiedad intelectual, la formalización contractual de las relaciones de consumo y la protección de datos personales y otros derechos fundamentales.

Hoy podemos hablar, sin duda, de la existencia de una sociedad virtual en la que las personas experimentan una vida digital; una sociedad que es diferente y difícilmente homologable con su correlato físico. Estamos en un contexto en que los principios —hoy clásicos— del comercio electrónico, como el principio de equivalencia funcional, o de intervención mínima, o relocalización territorial, dejan de ofrecer cumplida respuesta a algunos de los problemas generados.

Page 80

En consecuencia, y como se puso de manifiesto a lo largo de este fructuoso congreso, podemos anticipar la necesidad de una mayor y mejor regulación, realista y equilibrada: una regulación más armonizada dentro de la Unión Europea, y mejor coordinada con la legislación de Estados Unidos, sin renunciar a los principios y derechos constitucionales de nuestra tradición.

Más armonización y coordinación internacional, como en el caso de los safe harbors, ha de suponer la adopción de un enfoque regulatorio más flexible, enfocado en las infracciones y no en las tecnologías, y asumir una mayor madurez de los ciudadanos digitales, pero también evitar los peligros de una orientación excesivamente economicista que supedite a los ciudadanos al dominio de las plataformas en un entorno de oligopolio, más que previsible hoy en día.

Como checks and balances se anticipa más transparencia, más participación e información pública, y un refuerzo de los derechos fundamentales de los usuarios, irrenunciables desde la óptica constitucional, y, en particular, de la protección de datos personales, quizá lo más importante en la sociedad digital.

En definitiva, y acogiendo la metáfora del profesor Lastowka, no hacerlo así puede convertirnos en siervos del señor del castillo; eso sí, en el espacio digital.

Bibliografía

Nota: Todas las referencias citadas en este artículo corresponden a comunicaciones presentadas al Congreso IDP 2010, que se pueden consultar en:

CERRILLO MARTÍNEZ, A.; PEGUERA, M.; PEÑA-LÓPEZ, I. [et al.] (coords.) (2012). «Retos y oportunidades del entretenimiento en línea». Actas del VIII Congreso Internacional, Internet, Derecho y Política. Universitat Oberta de Catalunya, Barcelona 9-10 Julio, 2012. Barcelona: UOC-Huygens Editorial.

CERRILLO MARTÍNEZ, A.; PEGUERA, M.; PEÑA-LÓPEZ, I. [et al.] (coords.) (2012). “Challenges and Opportunities of Online Entertainment”. Proceedings of the 8th International Conference on Internet, Law & Politics. Universitat Oberta de Catalunya, Barcelona 9-10 July, 2012. Barcelona: UOC-Huygens Editorial.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR