Relaciones laborales y negociación colectiva

AutorFrancisco Ramos Martín
Cargo del AutorTutor de los estudios de Ciencias del Trabajo en la Univesitat Oberta de Catalunya

Conviene recordar cómo se entrelazaban las políticas económicas, las políticas sociales y las políticas laborales, para articular medidas que garanticen tanto el empleo como las rentas a las personas. No está de más recordar las estrechas relaciones entre las medidas implicadas por cada tipo de políticas. En concreto, en el ámbito laboral debe retenerse la importancia de las políticas de mercado de trabajo (regulación de salario mínimo, jornada laboral, etc.), de las políticas de contratación o de las políticas de relaciones laborales y negociación colectiva.

En este capítulo vamos a analizar los agentes, el contenido y los resultados de las relaciones laborales, desde la perspectiva de mecanismo de diálogo social que juega un papel importante en el funcionamiento del mercado de trabajo y, por tanto, en la generación de empleo y en la distribución de los resultados del proceso productivo. Se mostrará la incidencia de las relaciones laborales (y la negociación colectiva) en la distribución de rentas y en la generación de empleo. Como sostienen algunos autores1 la negociación colectiva, junto con la política macroeconómica o las políticas de empleo, son los tres principales mecanismos que tienen las sociedades para responder a los retos del empleo.

En primer lugar se repasarán los diferentes agentes implicados, para luego hacer una pequeña descripción de las variables relevantes con el objetivo de caracterizar los diferentes modelos de relaciones laborales. Un análisis comparado de la situación en nuestro entorno más inmediato cerrará la primera parte de este apartado.

En un segundo momento, se examinarán los procesos de negociación colectiva, como expresión y mecanismo fundamental donde se plasman los resultados de las relaciones laborales. Analizaremos las dos vertientes de la negociación colectiva: cuando se genera conflicto (huelga o cierre patronal) y cuando se producen acuerdos (básicamente, convenios colectivos). Por último, un ligero repaso a la evidencia empírica relativa a la negociación colectiva, en el caso español, servirá para cerrar este capítulo.

1. Actores de las relaciones laborales

Por relaciones laborales entendemos el conjunto de normas y procedimientos, formales e informales, que regulan la distribución de las rentas (salarios), el trabajo y otras condiciones del mismo, producidas por empresarios y trabajadores en su esfuerzo diferenciado por controlar el proceso de trabajo.

Los dos principales agentes sociales intervinientes en las relaciones laborales son trabajadores y empresarios, aunque conviene no olvidar el papel del Estado como tercero. Los trabajadores y empresarios suelen ser representados, respectivamente, por sus agrupaciones representativas:

- Un sindicato que, como vimos, es una agrupación voluntaria de empleados que se asocian para obtener mayor capacidad de negociación con los empleadores y, así, conseguir mejores condiciones de trabajo y, a veces, para representar intereses comunes dentro de la esfera política, fuera del centro de trabajo.

- Una organización empresarial es una agrupación voluntaria de empleadores y empresas que se asocian para aumentar la capacidad negociadora de las empresas frente a los sindicatos, en términos de control del trabajo y de los asalariados. El marco de actuación es sectorial y territorial, y representa intereses comunes (económicos, sociales y políticos) frente a las organizaciones de los trabajadores y el Estado.

Los sindicatos son organizaciones colectivas de representación de los trabajadores que se preocupan por el empleo, el nivel de ingresos o las condiciones laborales. Existen varias interpretaciones respecto a su legitimación:

- Interpretación neoclásica. Ven a los sindicatos como monopolio, como acuerdo monopolístico entre individuos para alterar el precio de la mercancía trabajo.

- Interpretación clásico-institucionalista. Ven a los sindicatos como instituciones que intentan equilibrar el desequilibrio de poder existente en la relación laboral.

El sindicalismo nace para compensar el desequilibrio de poder de mercado entre empleados y empleadores. A partir del centro de trabajo, los sindicatos participan en la negociación colectiva y, por tanto, adquieren influencia en los mercados laborales y las condiciones de trabajo. También se legitiman socialmente al representar la fuerza de trabajo.

Dependiendo del país, la representación de los asalariados en la empresa adquiere diferentes formas que, finalmente, condicionan la función de los sindicatos. Puede ser exclusivamente sindical y de una sola persona, como en el caso de los shop stewards (delegados de taller) británicos; puede ser de orden sindical, pero colectiva (delegados sindicales y secciones sindicales, como en España) o de carácter unitario (delegados de personal y comités de empresa, también en nuestro país).

Sin embargo, los sindicatos son, también, una estrategia de representación de las demandas de los trabajadores, que emplea la negociación, el conflicto o la legitimación de la demanda social en forma de leyes o regulaciones estatales. Y ello con el objetivo de conseguir unas normas de trabajo, unas rentas, unas formas de ocupación o unas condiciones de trabajo, relacionadas con los intereses de los asalariados o con los de la fuerza de trabajo en general, asociada o no a estas organizaciones.2

Esta descripción teórica de lo que es un sindicato, sin embargo, se enfrenta a una realidad más compleja. De hecho, hoy día, y en los diferentes países, las distintas trayectorias de desarrollo del sindicalismo dan lugar a un panorama heterogéneo, del cual, sin embargo, se pueden identificar como denominador común las finalidades siguientes:

- La observación y reconocimiento de los problemas y las demandas de los trabajadores.

- El desarrollo de un instrumento organizativo adecuado de representación y consecución de los objetivos de los trabajadores.

- La puesta en práctica de una estrategia de acción sindical destinada a afianzar al sindicato como representante legítimo y reconocido de los trabajadores ante la sociedad.

Estas finalidades se llevan a cabo en cuatro escenarios que se superponen, pero que conviene distinguir: empresa y centro de trabajo, mercado de trabajo, sistema de relaciones laborales y sociedad en general (en sus ámbitos sociales, culturales, políticos y económicos). De acuerdo con estos objetivos, se pueden distinguir algunos grupos de funciones, que enumeraremos a continuación:

- Funciones relacionadas con la negociación colectiva: la gestión y administración de los convenios colectivos firmados en los diferentes ámbitos (nacional, sectorial, territorial, empresa, etc.).

- Funciones vinculadas a la gestión de la conflictividad, que comprenden sobre todo la proclamación y la gestión de las huelgas y otras formas de conflictividad organizada.

- Funciones de representación de los trabajadores frente a los poderes públicos (gobierno, sistema parlamentario de partidos, etc.) y las organizaciones empresariales nacionales. Esta función se expresa por medio de pactos sociales (Gobierno, sindicatos...

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