Reglamento (UE) núm. 660/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 1013/2006 relativo a los traslados de residuos. (DOUE L 189/135, de 27 de junio de 2014)

AutorDoctora Ana María Barrena Medina
CargoMiembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Páginas25-25
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 22 de septiembre de 2014
Reglamento (UE) núm. 660/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de
mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 1013/2006 relativo a
los traslados de residuos. (DOUE L 189/135, de 27 de junio de 2014)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de
Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Residuos; Traslado de Residuos
Resumen:
Se procede a la modificación del Reglamento (CE) núm. 1013/2006 para paliar las
observadas divergencias y lagunas en la ejecución y en las inspecciones llevadas a cabo por
las autoridades que participan en las inspecciones de los Estados miembros. De tal modo
que se procede a reforzar las disposiciones sobre medidas ejecutivas e inspecciones fijadas
en el artículo 50 del Reglamento con el objeto de garantizar una planificación periódica y
coherente de tales inspecciones. Un refuerzo consistente en incluir la obligación de
establecerse planes de inspección para las inspecciones; planes que habrán de basarse en
una evaluación de riesgos e incluir una serie de elementos clave y que podrán ser
elaborados por separado o como parte claramente determinada de otros planes. Se incluye,
también, la obligación de informar públicamente sobre el resultado de las inspecciones y las
medidas tomadas, incluidas las sanciones impuestas. Al mismo tiempo, se incluye en ese
mismo artículo 50 las autoridades que participan en las inspecciones en los Estados
miembros que puedan exigir las pruebas a fin de determinar la legalidad de los traslados.
Finalmente, se introducen nuevas competencias de ejecución a la Comisión.
Entrada en Vigor: a los veinte días de su publicación, resultando de aplicación a partir del
primero de enero de 2016; no obstante el artículo 1, punto 4 será aplicable a partir del 1 de
enero de 2018. Si bien, los planes de inspección se han de adoptar a más tardar el 1 de
enero de 2017
Normas Afectadas: queda modificado el Reglamento (CE) núm. 1013/2006, relativo a los
traslados de residuos
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