Reglamento (UE) 2019/2117 de la Comisión de 29 de noviembre de 2019 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio

AutorSara García García
CargoDoctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Páginas82-83
Recopilación mensual n. 97, Enero 2020
82
Unión Europea
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 13 de enero de 2020
Reglamento (UE) 2019/2117 de la Comisión de 29 de noviembre de 2019 por el que
se modifica el Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo, relativo a la protección de
especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE L325/183, de 16 de diciembre de 2019 (corrección de errores)
Temas clave: CITES; Especies amenazadas; Biodiversidad; Comercio
Resumen:
El Reglamento 338/97 es, junto al 865/2006, la legislación de la Unión Europea a través de
la cual se aplican las medidas y obligaciones asumidas en el marco del Convenio CITES,
cumpliendo así, además, con el objetivo de alcanzar una armonización en todo el territorio
de la Unión.
Recordemos, brevemente, que el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre, más conocido como Convenio CITES
(Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora),
firmado en Washington el 3 de marzo de 1973, busca preservar la conservación de las
especies amenazadas de fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.
CITES establece una red mundial de controles del comercio internacional de especies
silvestres amenazadas y de sus productos, exigiendo la utilización de permisos oficiales para
autorizar su comercio.
Su objetivo es asegurar que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas
de origen silvestre sea sostenible y no ponga en peligro su supervivencia.; para alcanzarlo, el
grueso de las medidas desarrolladas recogen prohibiciones para el comercio de las especies
en peligro de extinción y regulan el comercio de las especies amenazadas o en peligro de
estarlo.
Pues bien, el reglamento 338/97 aquí modificado, es el encargado de regular en concreto el
comercio de las especies animales y vegetales, las que queden incluidas en los listados
recogidos en su Anexo.
Esos listados recogen las especies incluidas en los apéndices de la Convención CITES, los
cuales han sido modificados a raíz de las conclusiones de la 18ª reunión de la Conferencia
de las Partes en la Convención, celebrada en Ginebra en agosto de este año 2019 (CoP18).

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