El Registro de la Propiedad egipcio según la literatura papirologica registra egipcia

AutorRafael Ramos Folqués
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas318-390

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1. -Razón del presente trabajo

Hace poco más de diez años, el entonces profesor de la Universidad de Oklahoma City, Estados Unidos de América, Hans Juliüs Wolf, publicaba en «Aegyptus» 1) un trabajo sobre los hallazgos papirológicoregistrales del Gebelen. El trabajo era francamente sugestivo para los juristas, pero especialmente para Registradores y Notarios, porque se refería a un conjunto de papiros con inscripciones regístrales y actos notariales hallados en esa región del Alto Egipto, cerca de El Cairo, llamada Gebelen, respecto de los cuales existe la controversia de si son documentos notariales o certificados del Registro de transferencias de los tolomeos llamado KatagrapheRegistro.

En la historia jurídica de Egipto existen períodos de tiempo, mal conocidos aún, y otros que, por el contrario, van quedando bien perfilados gracias a los hallazgos arqueológicos de piedras y papiros con escrituras. Los tiempos pretolemaicos no ofrecen muchas fuentes directas de contenido jurídico; la del período de los lagidas, va ofreciendo bastantes fuentes directas, pero todavía sujetas a controversia y, por tanto, sin una unánime coincidencia interpretativa y con una dudosa certeza en su verdadera significación institucional. En cambio, la época romana del Imperio está quedando bastante conocida.

En los períodos tolemaico y romano del Imperio hubo función notarial y Registros de transferencias de la propiedad. En la organización notarial se aprecia la existencia de archivos del documento público y, además, unos extractos de esos documentos con fines de publicidad, de facilitar el rápido conocimiento del contenido de un documento determinado, y con el de hacerlos valer en las controversias judiciales. En cuanto a la publicidad registral se conoce la existencia de unos Registros de transferencias de tierras y esclavos, con fines legitimadores de la facultad dispositiva, y que tanto en los tiempos helenísticos como en los romanos estuvieron establecidos en Alejandría y, probablemente,Page 319 en las principales ciudades, y en la Chora o territorio propiamente egipcio.

Hace también poco más de diez años, con ocasión de un estudio sobre los mojones hipotecarios del Ática o publicidad registral del siglo IV a. de J. C, publicado en esta revista (2), hice algunas consideraciones sobre el Registro de la Propiedad romanoegipcio o Bibliotheke exteseon. Nada podía decir entonces del Katagraphe o Registro de los tiempos tolemaicos por falta de claridad en las ideas de aquella institución. Las principales fuentes para su estudio, no las papirológicas, sino las literarias o de autores papirológicos no las pude hallar entonces, y aun siguiendo ahora sin haber logrado tener a la vista los más interesantes trabajos, sin embargo, ya puedo decir algo sobre el Katagraphe, gracias a trabajos de referencias leídos en revistas extranjeras, principalmente la ya referida de «Aegyptus», la «Chronique dEgypte» y «Iura». En nuestra patria, al menos que yo sepa, sólo existe la obra del sabio profesor de Santiago de Compostela, don Alvaro DOrs, titulada Introducción al estudio de los documentos del Egipto romano. Pero es que tampoco existen traducciones, ni ediciones de las obras, ni ejemplares de revistas con los trabajos más interesantes. Ni en la Biblioteca Nacional, ni en las de algunos Institutos de Investigaciones Científicas por mí visitadas, ni en las de Centros culturales extranjeros establecidos en Madrid, como el Museo Arqueológico alemán, Instituto Egipcio de Estudios Islámicos y Centro de Estudios Orientales existen fuentes directas, y son pobres en las literarias. La revista «Recueil des Inscriptions juridiques» no existe en las bibliotecas por mí visitadas, y para colmo de males, el tomo X de la revista «Aegyptus», en donde viene un interesante trabajo de Ángel Segré sobre el katagraphe, no existe en el Instituto Nebrija, en donde sí existen los restantes o la mayoría de tomos de tal revista. En este Centro, y gracias a la exquisita amabilidad y ayuda de los profesores don Manuel Fernández Galiano y don Luis Gil hemos conocido la famosa y larguísima inscripción de Teños, recogida en el C. I. G., y también gracias al profesor de Derecho romano en la Universidad de Valencia, don J. Santa Cruz Teijeiro, conocemos el texto del edicto de «Mettus Rufus».Page 320

Toda esta alusión a la ausencia de fuentes en las bibliotecas españolas quedan hechas para dar a conocer que los datos que siguen sobre el Registro egipcio de transferencias están basados en la literatura de revistas extranjeras, que a veces no logro desentrañar o comprender bien, y que tales trabajos literarios quedan interpretados bajo la influencia anacrónica de mi formación juridicoregistral, ya que, quiérase o no, las interpretaciones de lo antiguo han de hacerse con el pensamiento de nuestros días, o al menos con la peculiar manera de discurrir de cada investigador, y esto no deja de ser un anacronismo. ¿Qué otra razón puede tener las variadas cronologías de un mismo suceso, o las variadas interpretaciones de una misma cosa o de un mismo texto?

El gusto por lo antiguo y el afán de conocer lo antiguo se acrecienta a medida que la Arqueología saca a relucir los secretos que guardan los arenales del desierto o las ruinas de antiguos pueblos, o a medida que la filología nos da a conocer el verdadero valor de las palabras. Hoy se sabe que la palabra hebrea dsiah, no significa costilla, sino costado, y de ahí que ahora no se diga como antaño se decía, que Eva había sido hecha de una costilla de Adam, sino que ahora se dice que Eva apareció hecha misteriosamente al costado de Adam 3).

La Arqueología nos está demostrando la verdad de muchas afirmaciones del Génesis. Los camitas, una de las tres ramas de noemitas, por el septentrión de África llegaron, cruzando los riscos que había donde hoy está el Estrecho de Gibraltar, a la tierra de iberos, evidenciando que entre egipcios y España hubo relaciones hace miles de años 4). La certeza bíblica de la torre de Babel y del Diluvio universal, como la realidad histórica del poema homérico sobre Troya, ha sido evidenciado por los hallazgos del inglés LeoPage 321nard Wolley en Ur de Caldea 5), el país de los sumerios y patria de Abraham, y por el alemán Koldewey, descubridor de los cimientos de la torre de Babel y de las bóvedas de los pensiles de la legendaria Semíramis 6); y el mecklenburgués Heinrich Schliemann sacó a la luz del sol las ruinas de Troya 7).

La enseñanza del agustino Piaggi y de su discípulo Winckelmann sobre la papirologia ha hecho que podamos conocer los sorprendentes contenidos jurídicos de los papiros grecoromanoegipcios, que a veces dan luz para la solución de problemas actuales, como la «Petición Dionysia», que hizo revivir el Decreto de Mettus Rufus, en donde se ordenaba que las escrituras de transferencia de propiedad se redactasen de acuerdo con el contenido de la Bibliotheke o Registro.

Todos estos precedentes justifican el trabajo que sigue sobre Derecho registral egipcio complementado por varias citas bibliográficas, tomadas principalmente de las revistas «Aegyptus» y «Cronique de Belgique», y por un lexicón grecoregistral o de palabras relacionadas con esa antigua institución de los tolomeos sobre transferencias de propiedad.

2. -El Egipto pretolemaico

Así como ha sido posible concretar bastante el régimen de la propiedad en Mesopotamia 7 bis), por el contrario, y respecto de los tiempos anteriores a la helenización de Egipto, no es posible hacer conclusiones muy seguras.Page 322

La propiedad mobiliaria la evidencia los frecuentes robos de tumbas y el peculado tan frecuente. Con respecto a la propiedad urbana se conoce una transferencia de una casa cerca de las Pirámides, efectuada dentro del reino antiguo o seis primeras dinastías; se cedía la propiedad de la casa a cambio de una cama y dos piezas de lino. No era compraventa en el sentido de cambio de cosa por dinero, pero se valoraban las cosas con referencia a un metal no acuñado, pero sujeto a una escala de valores. La casa se valoró en diez piezas de metal; la cama, en cuatro, y en tres cada una de las dos piezas de lino.

El carácter individualista y absoluto de la propiedad urbana se infiere de las fuentes. El texto mortuorio de un arquitecto nos hace saber que había jerarquías en los encargados de la construcción. El texto viene a ser una autobiografía, y dice así: «Cuando me conoció su majestad era yo un constructor corriente; su Majestad me confirió los cargos de Oficial de Constructor, Maestro constructor, y Maestro de gremio. Después su Majestad me confirió los cargos de Constructor y Arquitecto real, agregado real, real constructor...»

Según Wilson, en los tiempos de la revolución de Amarna, los nobles y...

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