¿Qué se inscribe en el Registro?

AutorSena Fernández, Francisco
Páginas69-80

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Ya sabemos que al Registro se llevan papeles de distintas clases y se devuelven, normalmente, con una nota que dice que algo se ha inscrito. O sea, el Registro toma datos de aquellos papeles, los clasifica, los ordena y los transforma, haciendo una especie de amalgama, que termina siendo una inscripción.

El resultado es, generalmente, el reflejo o la constancia de un derecho en un libro. Ese reflejo produce los efectos que más adelante se dirán, cuando se hable de los principios hipotecarios. Pero conviene precisar que no solo se inscriben derechos, sino también otras situaciones que no son derechos pero que producen efectos patrimoniales en determinadas personas.

Lo mejor es hacer una lista de lo que se inscribe, aunque advirtiendo que esta lista no es exhaustiva, puesto que sería excesivamente larga. Destacaremos los casos más importantes y frecuentes.

  1. El derecho de propiedad. Está a la cabeza de todos por su importancia y su frecuencia. Y no necesita ninguna explicación, pues la idea de este derecho la tenemos todos desde que adquirimos el uso de razón. ¿Acaso no sabe un niño que sus estampas de futbolistas son suyas porque tiene la

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    propiedad de ellas? Es más, la propiedad no solo está protegida por la ley, que condena el robo, sino también por la religión, que considera el robo un pecado. Por tanto, pasemos a otra cosa.

  2. El derecho de hipoteca. Por desgracia, también es conocido por todo el mundo. Y si digo desgracia no es porque la hipoteca tenga que ser fuente de desgracias para nadie. Al contrario, en condiciones normales es el remedio más ingenioso para conseguir algo que se desea, pero de momento no se puede tener. En condiciones normales, como digo, uno se hipoteca cuando quiere y necesita un piso, por ejemplo, cuyo precio es superior al dinero del que se dispone. La mejor solución no es renunciar al piso, siempre y cuando razonablemente uno pueda calcular que la devolución del préstamo, con sus intereses, se puede atender en el plazo que nos conceden. La desgracia ha sucedido en los tiempos actuales por una serie de factores que, en muchos casos, nadie podía prever. Pero esto es otra cuestión de la que se viene hablando en los últimos años hasta la saciedad y no es materia de este libro.

    Respecto a las hipotecas sí que puedo añadir algún comentario, basado en la experiencia, que demuestra los cambios que ha experimentado nuestra sociedad. En primer lugar, que tuvieron que transcurrir diez años de mi vida profesional para que yo viera por primera vez una hipoteca en un Registro, lo que demuestra que el nivel de vida y los usos sociales han cambiado en los últimos tiempos. Concretamente, en los años seten-

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    ta, y después de pasar por seis Registros de la Propiedad, no inscribí ninguna hipoteca. En segundo lugar, las primeras hipotecas que pasaron por mis manos no fueron a petición de ningún particular; por el contrario, todas ellas se constituyeron por promotores de viviendas, que acudían al crédito para financiar su construcción, aunque, como es lógico, en el momento de la venta de los pisos se asumían por los compradores. Y por último, recuerdo que todas aquellas hipotecas se concedían por Cajas de Ahorro; ninguna por Bancos, que por lo visto tenían otro tipo de negocio, al menos en un pueblo de más cincuenta mil habitantes, que es del que estoy hablando. La única excepción la constituía el Banco Hipotecario de España, si bien los promotores que acudían a él tenían que viajar a Madrid para otorgar las escrituras, puesto que dicho Banco no tenía sucursales en el resto del país. O eso creo. En Andalucía oriental, al menos, no las había...

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