El régimen de la Propiedad en Derecho musulmán, y especialmente en Marruecos

AutorLa Redacción
Páginas525-529

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El régimen de la Propiedad en Derecho musulmán, y especialmente en Marruecos.-Conferencia pronunciada en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, de Madrid, por el ilustrísmo señor D. Juan Francisco Marina Encabo, Registrador de la Propiedad.

Es más fácil la filosofía que la historia del derecho de propiedad, porque su origen es un hecho primitivo, del que se ignora el cuándo, el dónde y el cómo tuvo lugar. En Babilonia, por ejemplo, según nos cuentan los ladrillos existentes en el Museo Británico, existió, según unos, antes del siglo XVIII antes de nuestra Era, y según otros, antes del siglo XIII. En el Museo de Medallas de París, la famosa piedra de Michaux, con sus dos columnas de escritura cuneiforme y sus treinta siglos de existencia por lo menos, es otro testimonio perenne de que por aquel entonces se contrataba entre particulares.

La cuna de la propiedad musulmana habría que buscarla entre los semitas para sus orígenes-remotos, y en cierto modo nos confundirían las fuentes, porqué hasta Mahoma y su Alcorán no se establece el principio de que la propiedad proviene de Dios, que da los bienes a quien quiere de sus servidores y concede el derecho de conquista de las tierras pertenecientes a los infieles, derecho del más fuerte que posteriormente templa la equidad y la naturaleza del suelo.

La propiedad territorial se divide, en el derecho público musulmán, en tres partes:

  1. a Dar el islam, o territorio que depende directamente del soberano.Page 526

  2. a Dar es solh, o territorio de los infieles sometidos al soberano, pero con cierta autonomía ; y

  3. a Dar el harb, o territorio de los infieles; sobre el cual los musulmanes no,pueden tener ningún derecho.

    Respecto al derecho privado o civil, se distingue:

  4. a Tierra santa (hijáz).

  5. a Tierra sobre la cual sus ocupantes ejercen un derecho de posesión o uso ; y

  6. a Tierra sobre la cual se tiene un derecho de propiedad.

    La tierra santa comprende: la ciudad de La Meca y su territorio (Harám) y la demasía del Hijáz. Como tierra consagrada, ningún infiel puede establecerse en ella.

    Los territorios conquistados por los musulmanes en tierra santa (yehád) y los conquistados en los que se ha concertado con los vencidos un tributo especial (jarach), constituyen un dominio inalienable del Estado musulmán. Son las tierras de posesión y las tierras en las que se ha cedido el uso.

    Finalmente, en las tierras repartidas entre los conquistadores existe la propiedad del suelo y la...

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