La reforma de los delitos contra la seguridad vial

AutorPilar Gómez Pavón
CargoProfesora titular de Derecho Penal de la U.C.M
Páginas119-148
La reforma de los delitos contra la seguridad vial 119
RJUAM, nº 25, 2012-I, pp. 119-148
LA REFORMA DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL*
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Resumen: La f‌i nalidad del artículo es exponer y valorar la evolución de los denominados delitos
contra la seguridad vial en la legislación penal española, desde la primera ley penal especial que
los recogía, la de 9 de mayo de 1950, hasta la por ahora última reforma del Código Penal de 1995,
por L.O. 5/10, de 22 de junio. Mientras hasta el inicio del presente siglo la legislación se apartaba
de tipos penales en los que la lesión aparecía lejana, en la regulación actual se tiende, al menos
en este ámbito, a extender el empleo del Derecho Penal, en algunos casos incluyendo f‌i guras ya
previstas, casi de forma igual, en el ordenamiento administrativo, hasta el punto de poder decir que
aparecen como reforzamiento de preceptos administrativos. Debe destacarse una mayor atención
a la reparación civil de las víctimas.
Palabras clave: Evolución regulación delitos seguridad vial.
Abstract: The purpose of this article is to present and evaluate the evolution of so-called crimes
against road safety in Spanish criminal law, from the f‌i rst special criminal law that included them,
that of May 9th 1950, to the latest reform of the Criminal Code in 1995 (L.O. 5/10, de 22 de junio).
As to the beginning of this century legislation didn’t take into account criminal offences in which
the damage appeared distant, current regulation tends, at least in this area, to extend the use of
criminal law, in some cases even including conducts, almost identical to those already regulated
under administrative law, to the point that it can be said, that they appear as a reinforcement of
administrative rules. It must be emphasized that the acknowledgment of civil damages to the
victims receives a stronger attention.
Keywords: Legal evolution of the crimes against road safety.
S枇避比備肥飛: I. UNA BREVE RESEÑA DE LOS ANTECEDENTES LEGISLATIVOS DE LOS
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL: 1. La regulación anterior al Código Penal de
1995; 2. El Código Penal de 1995 y sus sucesivas reformas: A. Ley Orgánica 15/07, de 30 de
* Fecha de recepción: 30 de octubre de 2012.
Fecha de aceptación: 21 de diciembre de 2012
** Profesora titular de Derecho Penal de la U.C.M. Correo electrónico: pilargomezpavon@der.ucm.es
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RJUAM, nº 25, 2012-I, pp. 119-148
I. UNA BREVE RESEÑA DE LOS ANTECEDENTES LEGISLATIVOS DE
LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
No es el propósito de esta ponencia analizar la regulación de los delitos contra la se-
guridad vial, ni tampoco o siquiera, detenerse en alguno de los aspectos más problemáticos
o que han suscitado mayor polémica en la doctrina y jurisprudencia; la f‌i nalidad pretendida
es mucho más modesta y se limita a exponer la evolución en el tratamiento penal de estos
hechos, probablemente ref‌l ejo del que se observa en otros sectores del ordenamiento, como
es la regulación administrativa de esta actividad, pero también es posible que responda a
una postura de política criminal y legislativa no exclusiva de estos tipos, aunque la última,
hasta ahora, de las reformas en esta materia señale como una de sus f‌i nalidades la adecuación
de la respuesta penal a la gravedad del hecho, fundamentalmente en los delitos de peligro
abstracto y el respeto al principio de proporcionalidad.
1. La regulación anterior al Código Penal de 1995
Empezar por una breve exposición de los antecedentes legislativos de estos delitos y
de la evolución de su regulación legal, permite observar como a pesar del tan proclamado
respeto al principio de mínima intervención penal, en esta materia (al igual que en otras) nos
encontramos ante el fenómeno contrario; tras una evolución tendente a la supresión de las
penas privativas de libertad para estos delitos, en las últimas modif‌i caciones de la ley penal,
se vuelve a ellas y no sólo nominalmente, sino que de cuando en vez aparece como una
noticia digna de alabar la aplicación de estas penas a los delitos ahora denominados contra
la seguridad vial. Pero no solo en la respuesta se manif‌i esta un progresivo endurecimiento y
ampliación del ámbito penal. Frente a la tendencia dominante hasta los años 80, a partir de la
entrada en vigor del nuevo Código Penal e incluso antes con las últimas reformas del Código
de 1973, se observa una objetivización cada vez mayor en la regulación de estos delitos; un
aumento de los hechos tipif‌i cados y un endurecimiento de las penas y consecuencias del
delito, lo que hace cuestionable el respeto a ese principio de intervención mínima.
Por ello, consideramos interesante analizar o exponer brevemente esta evolución que
ha llevado en el momento actual a hablar incluso de terrorismo de tráf‌i co.
Los denominados delitos contra la seguridad vial, antes seguridad del tráf‌i co, se intro-
ducen en la legislación española por la Ley de 9 de mayo de 1950. Aparecen pues en nuestro
panorama legislativo en una ley penal especial, en la que se recogían algunos hechos que
se consideraban gravemente atentatorios para la seguridad de los intervinientes (personas
y cosas) en el tráf‌i co de vehículos de motor. Fue la que algunos autores denominaron Ley
Penal del Automóvil1.
1 Así C枇碑費費飛 C比費漂非, “La ley penal del automóvil”, Barcelona 1950.

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