Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. Fernando Revuelta

AutorFernando Revuelta
Páginas17-17

Page 17

El 15 de noviembre se publicó en el BOE y entro en vigor la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito ("Ley 9/2012"), que procede de la convalidación parlamentaria del Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto. ( Alerta sobre el RDL 24/2012 )

Aunque en su mayor parte la Ley 9/2012 reproduce dicho Real Decreto-ley 24/2012 contiene algunas novedades que pasamos a resumir a continuación:

· En el artículo 22 de la Ley 9/2012 se introduce la posibilidad de que el Banco de España, en circunstancias extraordinarias y determinadas, podrá determinar que no es necesario proceder a la sustitución del órgano de administración para garantizar el adecuado desarrollo del proceso de resolución.

· En relación con la transmisión de activos a la SAREB se establece en su artículo 36 que no serán oponibles las posibles clausulas estatutarias o contractuales que restrinjan las transmisibilidad de las participaciones (en el caso de sociedades) y la no responsabilidad de la sociedad transmitente por la solvencia del deudor (en el caso de que se transmitan créditos).

· Se introducen dos nuevos artículos, los artículos 37 y 38 que introducen un régimen sancionador y de supervisión de la SAREB por el Banco de España.

· En su disposición adicional séptima se crea una Comisión de Seguimiento de la...

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