Reducciones sobre el rendimiento neto del trabajo

AutorZulema Calderón Corredor
Páginas39-40

Page 40

2.4. 1 Concepto y finalidad

Además de los gastos deducibles, el IRPF permite restar a los rendimientos del trabajo otras cantidades que denomina reducciones del rendimiento neto. Estas cuantías, que varían según la cuantía de los rendimientos y de algunas circunstancias del trabajador (edad, cambio de residencia habitual, discapacidad), permiten adaptar los rendimientos finalmente sometidos a tributación a la capacidad económica real. Es decir, se trata de cantidades que representan gastos necesarios de distinta naturaleza en los que el trabajador ha incurrido y que no están incluidos entre los deducibles vistos con anterioridad. Estas reducciones están reguladas en el artículo 20 de la Ley 35/2006 del IRPF.

2.4. 2 Tipología

A continuación se incluye un cuadro?resumen de estas reducciones.

Como consecuencia de su aplicación el saldo resultante no pude ser negativo.

Concepto Importe

Por rendimientos netos del trabajo (iguales ó inferiores a 9.180E) 4.080

Por rendimientos netos del trabajo entre 9.180E y 13.260 4.080-(0.35*(Rtos netos-9.180))

Por rendimientos netos del trabajo (superiores a 13.260) 2.652

Por prolongación de la actividad laboral (mayores de 65 años) DOBLE reducción

Por movilidad geográfica desempleados (inscritos INEM+traslado residencia) DOBLE reducción (año traslado y siguiente)

Por discapacidad...

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