El sistema RED de la seguridad social: nuevas funcionalidades

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El Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), establecido como consecuencia de la Orden del Ministerio de Trabajo y seguridad Social de 3 de abril de 1995, sobre uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos, en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, consagró la apertura hacia una mayor tecnificación y modernización de la actuación administrativa.

Los nuevos avances tecnológicos y telemáticos permiten la transición de información de forma inmediata y a todos los puntos del planeta, sin hacer uso del sistema tradicional en papel. Con la creación del Sistema Red por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social fue posible su aplicación en materia legal y administrativa.

A través del Sistema R.E.D., los usuarios que pertenecen a los colectivos de empresas y profesionales colegiados pueden transmitir por conexión electrónica, los datos de la relación nominal de trabajadores (documentos de la serie TC'2), así como los documentos de altas, bajas, variaciones de datos de trabajadores, y consultas relativas a los datos de la empresa y de los trabajadores adscritos a la misma; eliminando así el intercambio de papel y evitando el paso por la administración pública.

En la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 3 de abril de 1995, se establece que los procedimientos electrónicos, informáticos o telemáticos relativos a la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la seguridad social se aprobarán e implantarán gradualmente mediante resoluciones de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por su parte, la mencionada Orden de 3 de abril de 1995, aconseja la implantación gradual del Sistema RED respecto de las empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, así como de los profesionales colegiados y demás personas que actúen en representación suya.

A partir del 1 de julio de 2000, la Tesorería General de la Seguridad Social obligó a incorporarse en el Sistema Red a todas las empresas con más de 100 trabajadores en alta a 1 de enero de 2000. La extensión del uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos a todos los profesionales y empresas se efectuará de forma paulatina y llegará un momento en que el empleo de las nuevas tecnologías en el ámbito de la seguridad social...

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