Rectificación de una inscripción en el Registro de Aguas. Improcedencia por tratarse de una cuestión civil

AutorSas Llauradó, José María
Páginas28-31

    Escrito elaborado el 5 de septiembre de 2005 por don José María Sas Llaurado. Abogado del Estado en Zaragoza.


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Visto el adjunto expediente promovido el día ... por la Junta Administrativa de Arriola, perteneciente al Municipio de Aspárrena (Álava), solicitando la rectificación de la inscripción practicada en el Registro de Aguas de esa Confederación Hidrográfica del Ebro (en lo sucesivo, CHE) a favor de don ... como consecuencia de resolución firme dictada el día 26 de mayo de 2003 por el Presidente de dicho Organismo, sobre inscripción de un aprovechamiento de aguas subterráneas al amparo del artículo 54.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (en lo sucesivo, TRLA), el Abogado del Estado que suscribe tiene el honor de informar a V.I. lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 54.2 del mencionado TRLA, «en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, se podrán utilizar en un predio aguas procedentes de manantiales situados en su interior y aprovechar en él aguas subterráneas, cuando el volumen total anual no sobrepase los 7.000 metros cúbicos [...]».

Es claro, por consiguiente, que el otorgamiento de este derecho a la utilización de las aguas subterráneas existentes en un predio entraña, como presupuesto esencial para su adquisición, la titularidad del predio bajo el que las aguas se encuentran, tal como resulta del desarrollo reglamentario de dicho precepto, contenido en el artículo 85 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de abril de 1986 (en lo sucesivo, RDPH), que exige la aportación de la «documentación acreditativa de la propiedad de la finca».

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Pues bien, en el presente caso el Sr. ..., titular del aprovechamiento, aportó, para acreditar su propiedad, la escritura pública de compraventa otorgada el día 4 de marzo de 1999 ante el Notario de ... don ..., por la que adquirió, entre otras, las fincas que se relacionan a los números 3 y 5 de dicha escritura, que se correspondían con las parcelas ... y ..., respectivamente, del Polígono ... de Urbana de Arriola, siendo inscritas tales fincas en el Registro de la Propiedad de Vitoria, según consta en los cajetines extendidos al margen de ambas, por lo que, como se indica en la nota de calificación registral, el contenido de las inscripciones se presume «exacto e íntegro», hallándose «bajo la salvaguardia de los Tribunales».

En esta situación, es decir, una vez...

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