Reconocimiento jurídico al trabajo de la mujer rural en la actividad agraria familiar

AutorMaría José Cazorla González
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho civilUniversidad de Almería (SEJ235-CEIA3-CIDES)
Páginas33-58
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RECONOCIMIENTO JURÍDICO AL TRABAJO DE LA MUJER
RURAL EN LA ACTIVIDAD AGRARIA FAMILIAR 1
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Profesora Titular de Derecho civilUniversidad de Almería (SEJ235-CEIA3-CIDES)
1. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL TEMA
1.1 Evolución de politicas internacionales referidas a la mujer rural
Desde las organizaciones internacionales como las Naciones Unidas 2, el
Consejo de Europa y la Unión Europea se ha venido reconociendo la igualdad de
derechos sin diferencias por razón de sexo.
Durante los últimos años, los gobiernos y los organismos internacionales
han subrayado la importancia de dar prioridad a la problemática de género en
la planificación de políticas y estrategias de desarrollo. De esta forma, las últimas
Conferencias Mundiales 3 han definido objetivos y mecanismos específicos en las
áreas de desarrollo sostenible y cooperación internacional y han establecido me-
tas y tácticas para asegurar la igualdad entre hombres y mujeres en materia de dis-
tribución de recursos y acceso a las oportunidades de la vida económica y social.
1 Este trabajo ha sido realizado desde el cariño y el respeto que se merece quien me en-
señó y formó como docente e investigadora, mi maestro, el profesor Herrera Campos. Es mucho
lo que aprendí y confío en no olvidar nunca, pues formo parte del legado humano que ha dejado
en la Universidad de Almería, donde espero no se le olvide. Mi reconocimiento a su carrera uni-
versitaria no se puede expresas en unas pocas líneas, pero si pretendo aquí y ahora mostrar públi-
camente la generosidad con la que siempre me trató y mostró como universitario en mayúsculas
que es. Su humanidad y humildad la trasladaba a todos los que le rodeábamos y nos facilitaba una
formación tranquila y sosegada permitiendo nuestra evolución académica. Gracias maestro.
2 Carta Fundacional de las Naciones Unidas de 1945. (http://www.un.org/es/docu-
ments/charter/) en su artículo 1, recoge los principios de la Organización, entre los que detalla el
principio de igualdad de derechos y también la realización de la cooperación internacional basada
en esa igualdad sin hacer distinción por ningún motivo. COLMENERO HERREROS, I. Y SANTOS
SEGOVIA, A.: Perspectiva de género en las políticas públicas de conciliación en Castilla-La Man-
cha. 2010. Págs.: 5 a 10.
3 CAZORLA GONZÁLEZ, M.J.: “Los derechos de crédito generados a favor del cónyuge o
conviviente frente al titular de la explotación agraria en la Ley de titularidad compartida 35/2011,
de 4 de octubre”. En Estudios en Homenaje al prof. Jose González. Ed. Aranzadi. Pamplona. 2012.
Pp. 297 y ss.
34 M J C G
Igualmente, se ha llegado a un consenso acerca del vínculo fundamental existente
entre la temática de género y el desarrollo sostenible 4.
En una comparativa temporal rápida, España hace 30 años con un sistema po-
lítico autoritario carecía de una agricultura competitiva y la mujer tenía un papel
secundario que únicamente se valoraba en el seno interno de la familia pero sin
proyección social u económica alguna. Actualmente, la mujer rural si bien no se
equipara a los hombres en número de puestos de toma de decisiones o al frente de
titularidades en las explotaciones agrarias, su papel representativo es cada vez ma-
yor y el impulso legislativo sigue produciéndose tal y como recoge el artículo 39 de
la Ley de Economía Sostenible 2/2011, de 4 de marzo 5 o la Ley de Ley 5/2011, de
29 de marzo, de Economía Social 6. Además, como titular alcanza en el tiempo par-
cial la misma prácticamente que los hombres, y su presencia y progresión en los úl-
timos años muestra que los avances de las políticas agrarias establecidas en su favor
y cuyas normas impulsoras ya hemos citado están produciendo efectos favorables.
A nivel internacional, sirva como referente la presentación del informe de 2010
sobre “Las Mujeres en el Medio Rural en Europa” que se celebró en París, se refle-
jó que desde los años noventa se ha avanzado en materia de igualdad y de mujer,
si bien hay diferencias entre los países del Consejo de Europa. Por otra parte, se
señaló que los gobiernos de los 27 deben promover la participación activa de las
mujeres rurales en la toma de decisiones fomentando su presencia en la vida políti-
ca local así como en los órganos de dirección de las empresas, las cooperativas y las
organizaciones agrícolas”, y que se establezca un marco legislativo sobre las “esposas
colaboradoras en las tareas agrícolas”. Además reivindican poder disfrutar de una
“cobertura social, de una pensión de jubilación, de asistencia sanitaria, de permisos
de maternidad”, así como de una mejora de las condiciones del medio rural en rela-
ción con los recursos e infraestructuras de transportes y comunicaciones, sanitario y
educativo, entre otras 7.
Fue en 2014, en el día Internacional de las Mujeres Rurales, cuando se centró el
foco en reconocer las contribuciones y los derechos de las mujeres rurales 8, inclui-
dos sus derechos a la tierra y los recursos, para generar impulso, además de apoyar
4 LÓPEZ PASTOR, A.T.: «Un nuevo protagonismo. El papel fundamental de la mujer en
el desarrollo rural», Revista Actualidad LEADER, nº 5. Unidad Española del Observatorio Europeo
LEADER. Dirección General de Desarrollo Rural. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Madrid. 1999.
5 https://legislacion.vlex.es/vid/ley-economia-sostenible-256711301.
6 BOE 30 de marzo de 2011. Nº 76. Sec. I. Pág. 33023. Vid. MUÑOZ BENAVIDEZ, C. “La
Ley de Economía Social”. Diario La Ley, Nº 7631, Sección Tribuna, 17 May. 2011, Año XXXII, Ref.
D-209, LA LEY 7763/2011.
7 http://www.efeagro.com/especiales/mujer-rural/la-diputada-espanola-carmen-quin-
tanilla-pide-un-avance-legislativo-para-las-mujeres-rurales-al-consejo-de-europa/21-16-1421343-6.
html. Según la ponencia de Quintanilla, las mujeres rurales “constituyen la fuerza motriz para el
mantenimiento, la salvaguarda y el desarrollo de las zonas rurales tanto desde el punto de vista
cultural y social como económico”.
8 Mensaje de Phumzile Mlambo-Ngcuka, Directora Ejecutiva de ONU Mujeres, con ocasión
del Día Internacional de las Mujeres Rurales, 15 de octubre de 2014. Vid. http://www.unwomen.org/
es/news/stories/2014/10/international-day-of-rural-women-ed-statement#sthash.Ba2vgTz9.dpuf

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