Recomendación Nº3. Las catástrofes ecológicas y los derechos humanos

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La Reunión Mundial de Juristas y Asociaciones de Derecho Ambiental reunida en Limoges (Francia) del 29 de septiembre al 1de octubre 2011, y considerando que:

  1. Las catástrofes ecológicas de origen natural o tecnológico se caracterizan por su dimensión colectiva, la incapacidad de las víctimas para recuperarse sin ayuda exterior y la compleja causalidad que resulta de diferentes factores interdependientes, en especial las vulnerabilidades medioambientales y socioeconómicas que afectan a la capacidad de prevención, de respuesta y de recuperación.

  2. Un marco jurídico sobre catástrofes ecológicas debe adoptar una definición amplia, tomando en consideración todo el ciclo de las catástrofes (prevención, asistencia y reconstrucción) y, optando por una estrategia de gestión de catástrofes centrada en la promoción del desarrollo sostenible, la disminución de las vulnerabilidades ambientales y socioeconómicas, el fortalecimiento de la resiliencia y la promoción de los derechos humanos, que remplace una visión restrictiva centrada en la ayuda humanitaria y en la recuperación.

  3. Las causas difusas y complejas que están detrás de las catástrofes y la intensificación de sus riesgos y sus efectos, como la degradación del medio ambiente, la pobreza y otras vulnerabilidades socioeconómicas, los obstáculos al desarrollo sostenible y las violaciones de derechos humanos, que exigen la adopción de un enfoque ético y medioambiental en el marco jurídico e institucional de las catástrofes, centrado en la promoción y protección de los derechos humanos y del medio ambiente en un contexto de prevención, así como en los casos de urgencia y de reconstrucción.

  4. El aumento de los riesgos de catástrofe y de los movimientos de la población debidos a los cambios climáticos y la alteración de los ecosistemas tienen consecuencias sobre los derechos humanos, lo que exige la incorporación de la reducción de los riesgos de catástrofe en las estrategias de adaptación a los cambios climáticos así como el respeto a los derechos humanos.

  5. La falta de regulación sobre la materia, considerando que la mayor parte de los documentos y textos jurídicos internacionales no son vinculantes y no tienen en cuenta el enfoque ético de la gestión de las catástrofes. Si bien la materia ha sido ya desarrollada con relación a la prevención, la repuesta y la reconstrucción, la protección de los individuos en relación con sus derechos, la situación de las personas desplazadas, la responsabilidad de las...

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