Reclamaciones economico administrativas. Recurso de revisión

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Resoluciones del TEAC

1) Un fax enviado por una empresa con desglose de percepciones y calificación de exentas de retención tiene el carácter esencial requerido para la admisión del recurso. RTEAC de 22-9-99. JT 1999/1762.

Fundamento Jurídico 3.º: «Al formular el recurso alega el que han aparecido documentos de valor esencial, consistentes en el fax enviado por la empresa… en que ésta desglosa las percepciones totales del ejercicio 1997 calificando de percepciones dinerarias exentas de retención a la indicada cantidad de 1.461.376 pesetas, que, por otra parte, es precisamente el incremento que sobre los ingresos íntegros del trabajo personal declarados por el interesado, practicó la oficina gestora como fundamento de su liquidación. Si bien el carácter exento o no de la indemnización por despido no queda acreditado por el documento aportado al expediente, entiende este Tribunal que sí tiene, al menos en principio y sin perjuicio de las comprobaciones que procedan, el carácter esencial que la ley requiere para la admisión y estimación de este recurso…».

2) Controversia sobre si la maquinaria utilizada en un campo de golf puede considerarse actividad agrícola y utilizar gasóleo bonificado: cuestión de derecho. Exclusión de la revisión. RTEAC de 28-1-00. JT 2000/750.

Fundamento Jurídico 3.º: «Cuestión ésta más propia de dilucidarse en la vía ordinaria de impugnación de las resoluciones de los órganos gestores de la Agencia Tributaria y no en la del recurso extraordinario de revisión que por su naturaleza le está vedado conocer de otras cuestiones que no sean de las taxativas enumeradas en el citado artículo 127 del Reglamento de Procedimiento».

3) La aportación de facturas por un profesional, no hecha en su día, no puede calificarse como documentos de valor esencial de imposible aportación en su día. RTEAC de 22-3-00. JT 2000/642.

Fundamento Jurídico 2.º: «…no pudiendo admitirse con carácter probatorio suficiente la alegación efectuada por el reclamante de forma genérica la imposibilidad de dicha aportación en el plazo solicitado por la Administración, máxime cuando se trata de facturas de un profesional en el ejercicio de su profesión que tiene la obligación de guardar y conservar».

Sentencias

1) Las sentencias no son documentos a efectos de interposición del recurso. SAN de 10-6-99. P.: Sr. Delgado Rodríguez. JT 1999/1633.

Fundamento Jurídico...

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