Recht, Pierre: Le Droit d'Auteur, une nouvelle forme de vropñété

AutorPedro-Antonio Ferrer Sanchís
CargoDoctor en Derecho y Profesor Ayudante
Páginas1099-1102

Recht, Pierre: Le Droit d'Auteur, une nouvelle forme de vropñété (Histoire et Théorie), Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence-Duculot Editions, Paris, Gembloux, 1969, 340 págs.

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Tras la revisión efectuada en Estocolmo en 1967 1 del Convenio de Berna sobre reglamentación internacional de la propiedad intelectual,, literaria y artística, han comenzado a surgir nuevos e interesantes estudios sobre la materia en la literatura jurídica de los diferentes países. Entre ellos debe merecer un especial interés el que ahora comentamos, ya que su autor, el belga Pierre Recht, ha sido delegado de su país, si bien no en la última Conferencia de Estocolmo antes mencionada sí en las anteriores de Bruselas, Ginebra y Roma de 1948, 1952 y 1961, de sucesiva renovación en su momento del Convenio constitutivo de la llamada «Unión de Berna», siendo además presidente de la Comisión Nacional de Bélgica sobre Derecho de Autor, lo que le asegura una excepcional competencia práctica en todos los aspectos de la materia.

Precisamente a través de los datos que esta práctica le proporciona intenta el profesor Recht elevarse por inducción a una teoría general de la figura jurídica contemplada, buscando una explicación más satisfactoria que las ofrecidas hasta la fecha por la doctrina. Apoyándose siempre en los datos que le suministra el Derecho comparado, el autor ha llegado a una construcción fuertemente subjetiva y personal.

Toda la obra está dirigida, pues, a la afirmación enérgica del carácter de «propiedad» que refleja la categoría estudiada; una propie-Page 1100dad especial si se quiere (Recht la denomina «propiedad-creación»), pero con todos los caracteres esenciales de la misma. Impugna por ello la propia denominación dé «derecho de autor» y su consiguiente adscripción por su contenido eminentemente moral en los llamados derechos de la personalidad, categoría, en su opinión, no suficientemente precisada. Asi lo demuestra la propia génesis de la figura, tanto en los países anglosajones (en el Conunon Law primero y luego en el Derecho escrito) como en Francia, con sus leyes de 1793, en la Revolución. De este modo se mantuvo sin vacilaciones hasta la segunda mitad del siglo XIX

Por causas múltiples que el autor intenta atisbar en el contexto social de la época, fue teniendo menos predicamento el término «propiedad», llegando así a la Ley francesa de 14 de julio de 1886. Simultáneamente fueron apareciendo las primeras teorías personalistas (de...

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