Recalificación de zona verde para construcción de biblioteca. Jardines del Prado de San Sebastián (Sevilla)

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas49-51

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ASUNTO: Recalificación de zona verde para construcción de biblioteca. Jardines del Prado de San Sebastián (Sevilla)

SENTENCIAS: STSJ Andalucía, de 4 de junio y 17 de septiembre de 2009, y auto de 24 de julio de 2009

RECURRENTE: Comunidad de Propietarios colindante con los jardines

Los jardines del Prado de San Sebastián, en donde se celebraba la Feria de Abril hasta la década de los años setenta, están situados en el corazón del centro histórico de Sevilla, junto a la plaza de España y al antiguo edificio de la Real Fábrica de Tabacos, actualmente utilizado por la Universidad de Sevilla. En este caso concreto, la defensa de esta zona verde no ha correspondido a una organización ecologista como suele ser habitual, sino a una comunidad de propietarios de un edificio colindante con los jardines que no quería que se diera un mordisco a este parque tan emblemático de la ciudad de Sevilla, y a ellos debemos agradecer la impugnación que hicieron de la propuesta de la Gerencia de Urbanismo de Sevilla, aprobada por la Junta de Andalucía, de revisión del PGOU para dar respuesta a la petición de la Universidad de calificar suelo en este emplazamiento para la construcción de una biblioteca universitaria, como si no hubiera otro sitio en toda la ciudad para la construcción de este equipamiento educativo.

La sentencia es especialmente relevante por diversos aspectos, entre ellos por utilizar el concepto de huella ecológica como un dato más a la hora de valorar el caso concreto que se ha recurrido. Este indicador, en palabras del TSJ de Andalucía, calcula en unidades de superficie productiva todas las necesidades materiales energéticas de la ciudad, y los datos de este indicador para Andalucía y para Sevilla demuestran la insostenibilidad física de nuestro modelo, de tal forma que la aglomeración urbana de Sevilla poseía a media-dos de la década pasada una huella ecológica que excedía en casi 24 veces su superficie y en 2,6 la de toda la provincia, afirmando el Tribunal que «hoy, a diferencia de ayer, es posible hablar de sostenibilidades locales en un marco de insostenibilidad general...y la ordenación urbano-territorial constituye uno de los instrumentos más poderosos de los que dispone una comunidad local para definir una estrategia de sostenibilidad»1.

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El valor jurídico de esta sentencia es que destaca y declara el principio de interdicción de pasos atrás en la calidad ambiental urbana, defendiendo los sistemas generales con que ya...

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