La rebelión de los Contreras, nietos de Pedrarias Dávila, y el homicidio sacrílego del Obispo de Nicaragua, Fray Antonio De Valdivieso (1550): el crimen de lesa majestad, divina y humana, en el nuevo mundo

AutorJosé María Vallejo García-Hevia
Páginas129-319
LA REBELIÓN DE LOS CONTRERAS,
NIETOS DE PEDRARIAS DÁVILA..., Y EL
HOMICIDIO SACRÍLEGO DEL OBISPO
DE NICARAGUA, FRAY ANTONIO DE
VALDIVIESO 1550: EL CRIMEN DE LESA
MAJESTAD, DIVINA Y HUMANA, EN EL
NUEVO MUNDO
J M V G-H
KING [...] O hard condition,
Twin-born with greatness, subject to the breath
Of every fool, whose sense no more can feel
But his own wringing! What infinite heart’s ease
Must kings neglect that private men enjoy! [...]
What kind of god art thou, that suffer’st more
Of mortal griefs than do thy worshippers?
(W. Shakespeare, The Life of King Henry V)1
1 William Shakespeare, The Life of King Henry the Fifth, en Complete Works of William Shakes-
peare, Biographical Introduction by Germaine Greer, Introduction to Shakespeare’s Theatre by Anthony
Burguess, Glasgow, Harper Collins Publishers, 1994, pp. 590-626; la cita, en el Act IV, Scene I. France.
The English camp at Agincourt, pp. 612-613. Figura traducida en Ernst H. Kantorowicz, Los dos cuerpos
del Rey. Un estudio de teología política medieval, prólogo de William Chester Jordan, estudio preliminar
de José Manuel Nieto Soria, traducción de Susana Aikin Araluce y Rafael Blázquez Godoy, Madrid,
Akal, 2012 (The King’s Two Bodies. A Study in Mediaeval Political Theology, Princeton University Press,
1957; 1ª. ed. en español, 1985), cap. II. Shakespeare: El Rey Ricardo II, pp. 57-74: Oh, [ardua condición
de la] grandeza geminada, expuesta al soplo/ De cualquier idiota cuyos sentidos no pueden percibir/ Más allá
de sus propios sufrimientos. ¡Qué infinita paz de corazón/ Deben los reyes olvidar que todo hombre particular
disfruta!/ [...] ¿Qué clase de dios sois vos, que sufrís más/ De las penas mortales que vuestros adoradores? (p.
57, nota núm. 1).
130 José María Vallejo García-Hevia
Entre 1542 y 1543, Rodrigo de Contreras, gobernador y capitán general de la
provincia de Nicaragua, hubo de hacer frente a un proceso inquisitorial. Al fallecer
fray Francisco de Mendavia, de la Orden de San Jerónimo y obispo de Nicaragua,
en 1541, a las pocas semanas de su entrada y consagración en la diócesis -sus cartas
ejecutoriales le habían sido despachadas en 1538, datando el acuerdo del Consistorio
romano del 5-XII-1537-, sin apenas ejercer su dignidad apostólica, su hermano, el
bachiller Pedro de Mendavia, era el deán de la iglesia catedral, radicada en la ciudad
de León. El gobernador Contreras, por su sola autoridad y extralimitándose en sus
funciones, declaró vaco el deanazgo en 1542, le prohibió el ejercicio de su jurisdic-
ción eclesiástica y le despojó de sus repartimientos de indios en el pueblo de Cacaloa-
que. Se inició así un enconado enfrentamiento entre enemigos ya de antaño. Ordenó
Contreras prender al alguacil, al fiscal y al notario eclesiástico, les quitó sus varas de
justicia y soltó a un preso de la cárcel episcopal que llevaba dieciséis meses excomul-
gado. Pedro de Mendavia, en su condición de provisor y vicario general de la sede
vacante, a su vez excomulgó a Contreras y le incoó proceso inquisitorial por usurpa-
ción de facultades eclesiásticas, aduciendo que la suya era una dignidad capitular, que
desempeñaba por merced regia y colación episcopal. Se trasladó Contreras a la ciudad
de Panamá, compareció ante la Real Audiencia de Tierra Firme y presentó sus descar-
gos. Sin embargo, por orden del dominico fray Tomás de Berlanga, obispo de Pana-
má, y del deán y vicario Mendavia, en calidad de inquisidores ordinarios de sus respec-
tivos obispados, Contreras fue recluido en la cárcel episcopal, por caso de inquisición. A
continuación, fue remitido preso a España, a fin de que compareciese, en Valladolid,
ante el Real Consejo de la Santa, Suprema y General Inquisición, el cual, transcurrido
algún tiempo, lo dejó en libertad. El cura párroco de la iglesia de San Martín de Sevilla
terminaría absolviéndolo, el 14-II-1543, de la excomunión fulminada2.
Mientras tanto, Pedro de los Ríos, su yerno, casado en segundas nupcias con
una de sus hijas, Isabel de Bovadilla, nieta de Pedrarias Dávila, y tesorero de la
caja de la hacienda regia en la provincia de Nicaragua desde 1532, que actuaba
como lugarteniente general de gobernador, aprovechó el cargo para perseguir
al deán Mendavia, y a los que habían testificado contra su suegro en el proceso
inquisitorial. De los Ríos gobernaba la provincia, en ausencia del gobernador,
contraviniendo una RP, expedida por la misma Audiencia Real de Panamá, de
6-XII-1542, que había prohibido a Rodrigo de Contreras que pudiese nombrar
un teniente de gobernador. Se hizo elegir De los Ríos, después, renunciando a su
ilegal lugartenencia, como gobernador interino o provisional de Nicaragua, por
los cabildos de las ciudades de León y de Granada. Apoyado por sus partidarios,
2 Carta del bachiller Pedro de Mendavia, deán del cabildo eclesiástico de Nicaragua, al rey-em-
perador, Carlos V. Panamá, 25-IX-1541, en el Archivo General de Indias (AGI), en Sevilla (España),
sección Audiencia de Guatemala, legajo 167; y [Colección Somoza], Documentos para la Historia de
Nicaragua, edición a cargo de Andrés Vega Bolaños, 17 tomos, Madrid, 1954-1957, t. VII, núm. 505,
pp. 146-148. Además de la carta del factor y veedor de Nicaragua, Martín de Esquivel, a Carlos V. León de
Nicaragua, 29-V-1544 (AGI, Guatemala, leg. 50; y [Colección Somoza], Documentos para la Historia de
Nicaragua, t. XI, núm. 623, pp. 26-30). Y del Marqués de Lozoya, Juan de Contreras y López de Ayala,
Vida del segoviano Rodrigo de Contreras, Gobernador de Nicaragua (1534-1544), Madrid, Imprenta de la
Editorial Católica Toledana, 1920, cap. VII, pp. 79-92.
La rebelión de los Contreras, crimen de lesa majestad 131
Mendavia se enfrentó, empero, a mano armada, a De los Ríos, y le hizo prisione-
ro en la ciudad de Granada, también por voz de inquisición, por impedir el ejer-
cicio de su jurisdicción eclesiástica. Sin solución de continuidad, el 12-V-1543,
De los Ríos fue recluido en el monasterio de Nuestra Señora de la Merced de la
ciudad de León. Al día siguiente, los parciales de Contreras y De los Ríos, enca-
bezados por María de Peñalosa, esposa del gobernador, que eran unos doscientos
hombres armados, atacaron el monasterio, muriendo un fraile franciscano y un
lego, asaeteados. El deán Mendavia fue capturado el 14-V-1543, y embargados
todos sus bienes, sin me dexar una camisa, según se quejaría luego al monarca,
desde La Habana, el 8-I-1544. Como resultado del proceso por rebelión que De
los Ríos siguió contra él, fueron ejecutados, y descuartizados para escarmiento
público, el alguacil eclesiástico y cuatro leales suyos. Tras permanecer tres meses
con grilletes, el deán fue embarcado en el puerto de El Realejo, y remitido al juez
metropolitano, el arzobispo de Sevilla, acusado de alborotador y de falsificador
de una provisión real expedida por la Audiencia de Panamá, posdatada al 6-IX-
1542, que supuestamente le habría declarado juez competente, y vicario general
legítimo de la sede vacante de Nicaragua, ordenando que le fuesen devueltos
los repartimientos de indios que le habían sido expoliados. Conducido preso
hasta Panamá, partió desde Nombre de Dios para la Península Ibérica, pero, tras
naufragar en la Mar del Norte, hubo de hacer escala forzosa en la isla de Cuba.
Tras largo y accidentado periplo, el preso y su proceso fueron entregados al Con-
sejo Real de las Indias, en la villa y corte de Valladolid, el 8-I-1545. En la cárcel
archiepiscopal hispalense todavía habría de permanecer, Pedro de Mendavia, más
de dos años preso3.
El proceso inquisitorial contra Rodrigo de Contreras propició que la Audien-
cia de Panamá enviase a su relator, el licenciado Diego de Pineda, a la goberna-
ción de Nicaragua, designado como juez de agravios mediante una audiencial
Real Provisión (RP), de 5-VIII-1543. Tomó posesión del cargo, ante el cabildo
municipal de León, el 10-X-1543. Su cometido era el de pacificar la tierra, esto
es, apaciguar los ánimos encontrados de sus vecinos, conquistadores, pobladores
y encomenderos, e incorporar a la corona los repartimientos de indios que vaca-
sen durante su estancia, que no podía superar el término estricto de comisión, de
sesenta días4.
3 AGI, Guatemala, leg. 401, lib. 2, ff. 67 v-68 v; y Monumenta Centroamericae Historica (MCH).
Colección de documentos y materiales para el estudio de la historia y de la vida de los pueblos de la América
Central, dirigida y compilada por Carlos Molina Argüello, 11 vols., 2ª. ed., Managua, Banco Central de
Nicaragua, 1997-2004, vol. VII, núm. 4182, pp. 640-642. También AGI, Justicia, leg. 345; y [Colección
Somoza], Documentos para la Historia de Nicaragua, t. XII, núm. 669, pp. 1-136. Carta del deán Pedro de
Mendavia a Carlos V. La Habana, 8-I-1544 (AGI, Guatemala, leg. 167; y [Colección Somoza], cit., t. XI,
núm. 612, pp. 1-3). Y carta del encomendero Pedro García a Carlos V. León de Nicaragua, 10-II-1545
(AGI, Guatemala, leg. 52; y [Colección Somoza], Documentos para la Historia de Nicaragua, t. XI, núm.
647, pp. 418-423).
4 AGI, Justicia, leg. 343; y [Colección Somoza], Documentos para la Historia de Nicaragua, t.
VIII, núm. 596, pp. 191-200. AGI, Patronato, leg. 21, ramo 4, núm. 1; y [Colección Somoza], cit., t. XI,
núm. 634, pp. 285-305.

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