Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas92-93
Recopilación mensual n. 80, Junio 2018
92
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 13 de junio de 2018
Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de
plástico y por el que se crea el Registro de Productores
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 122, de 19 de mayo de 2018
Temas Clave: Residuos; Bolsas de plástico; Envases; Ecosistemas; Información; Registros;
Consumo
Resumen:
Los actuales niveles de consumo de bolsas de plástico producen unos altos niveles de
residuos dispersos, suponen un uso ineficaz de los recursos y es previsible que aumenten si
no se toman las medidas adecuadas. Las bolsas de plástico dispersas provocan
contaminación en el medio ambiente y agravan el problema generalizado de la presencia de
residuos en las masas de agua, lo que supone una amenaza para los ecosistemas acuáticos
en el ámbito mundial. Las tasas actuales de reciclado de bolsas de plástico ligeras son muy
bajas.
Con la finalidad de dar solución al problema descrito, en el ámbito de la Unión Europea se
aprobó la Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril
de 2015, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción
del consumo de bolsas de plástico ligeras. A través de esta normativa, se proporcionan
varias opciones a los Estados miembros, entre las que se incluye el establecimiento de
objetivos nacionales de reducción, la introducción de instrumentos económicos así como,
en su caso, las restricciones a su comercialización.
El objetivo del presente real decreto es precisamente incorporar al ordenamiento jurídico
español la Directiva citada.
En España, si bien es cierto que se han adoptado medidas y que en los últimos años se ha
reducido el consumo prácticamente a la mitad, pasando de 317 bolsas por habitante en
2007 a 144 bolsas por habitante en 2014, debido fundamentalmente a un cambio en las
pautas de consumo; todavía es necesario reforzarlas.
A raíz de las propuestas de la Directiva, se han considerado como más adecuadas las
siguientes: en primer lugar, que desde el 1 de julio de 2018 se prohíba la entrega gratuita de
bolsas de plástico ligeras a los consumidores, en los puntos de venta. En segundo lugar,
que desde el 1 de enero de 2021 se prohíba la entrega gratuita o no- a los consumidores,
en los puntos de venta, de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras no compostables.
Para evitar los perjuicios sobre los suelos, las aguas y la biota derivados de la permanencia
en el medio ambiente de los plásticos, pero en partículas de menor tamaño, se ha decidido
prohibir también la entrega de bolsas de plástico fragmentable a partir del 1 de enero de

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