Real Decreto 1269/2018, de 11 de octubre, por el que se determinan la composición, las funciones y las normas de funcionamiento del Consejo Forestal Nacional

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas57-57
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Nacional
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 5 de diciembre de 2018
Real Decreto 1269/2018, de 11 de octubre, por el que se determinan la composición,
las funciones y las normas de funcionamiento del Consejo Forestal Nacional
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 269, de 7 de noviembre de 2018
Temas Clave: Montes; Política forestal; Consulta; Información; Gestión; Asesoramiento;
Coordinación
Resumen:
El Consejo Forestal Nacional, creado en el artículo 10.2 de la Ley 43/2003, de 21 de
noviembre, de Montes, será el órgano consultivo del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación en materia de montes y política forestal y estará adscrito a dicho Ministerio, a
través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Las funciones que le corresponden son las siguientes: a) Informar, entre otros, las normas y
planes de ámbito estatal relativas al ámbito forestal. b) Impulsar la realización de informes y
estudios sobre el sector forestal y hacer el seguimiento de los planes y programas de ámbito
estatal relativos a los montes. c) Proponer a las Administraciones públicas las medidas que
se estimen necesarias para mejorar la gestión sostenible del monte y la competitividad del
sector. d) Elaborar un informe anual sobre el sector forestal español, que recoja la
situación, evolución y perspectivas de éste. e) Asesorar técnica y científicamente en materia
forestal a las delegaciones españolas en los organismos internacionales. f) Impulsar el
diálogo, participación y colaboración de todas las Administraciones, instituciones y agentes
sociales y económicos implicados en el sector forestal.
Se determina su composición y régimen de funcionamiento así como la adecuada
coordinación entre el Consejo Forestal Nacional y el Consejo Estatal para el Patrimonio
Natural y la Biodiversidad,
Entrada en vigor: 8 de noviembre de 2018
Documento adjunto:

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