Rabbi-Baldi Cabanillas, R. (Coord.): Los derechos individuales ante el interés general. Análisis de casos jurisprudenciales relevantes, Buenos Aires, Editorial Abaco de Rodolfo Depalma, 1998.

AutorAna María Marcos Del Cano
Páginas643-647

Page 643

Allende los mares nace un estudio que no pasará desapercibido para los interesados en la temática de los derechos fundamentales. En sus páginas encontramos la demostración inequívoca de la interrelación que existe entre la praxis judicial y la interpretación de cada uno de los derechos humanos. En última instancia, esta obra bien podría enmarcarse en la reflexión sobre los límites del poder. ¿Hasta dónde puede llegar el Estado? ¿Dónde se sitúa la frontera de la autonomía del individuo? ¿Qué margen de libertad queda al individuo en el Estado de bienestar? Por otra parte, lejos de lo que a veces se piensa, esta obra evidencia la proyección práctica de los problemas de la Filosofía del Derecho (interpretación jurídica, colisión de derechos, objeción de conciencia...). Con ello se hace hincapié en el carácter eminentemente práctico de la ciencia jurídica, un saber orientado fundamentalmente al obrar, como advierte el coordinador de la obra el profesor Renato Rabbi-Baldi en su introducción. Y es, precisamente en este aspecto, donde radica una de las virtudes más destacables de esta obra: la novedad de su planteamiento. El libro aquí reseñado recoge parte de las actividades organizadas por el Departamento de Filosofía del Derecho y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. Su propósito es el de reflejar la posibilidad que se desprende del estudio de los casos jurisprudenciales (en palabras de Dworkin «casos difíciles») para comprender la realidad jurídica. Y, a mi entender, sí que lo logra, sobre todo porque los puntos de vista desde los que se afrontan los distintos pronunciamientos judiciales difieren entre sí, dando mayor riqueza al debate.

La obra se articula en nueve capítulos que corresponden al análisis de otras tantas decisiones jurisprudenciales. Cada capítulo se encuentra precedido de una síntesis del caso, a fin de suministrar al lector una noción elemental de sus aspectos más salientes. En el capítulo primero se aborda la cuestión de si puede violarse la soberanía nacional para hacer valer un derecho individual (razón de Estado e inviolabilidad de la persona). La cuestión se complica cuando quien vulnera esa soberanía es la Corte Suprema de los EE.UU., el país contra el que se dirige es México y se trata de una cuestión de narcotráfico. En el comentario de los profesores Cueto Rúa y Vanossi se pone de manifiesto, desde distintos ángulos, las incongruencias de esta sentencia. El primero, después de examinar el papel que se le atribuye a la Corte Suprema de los EE.UU., considera que su dictamen ha sido más político que jurídico (encubriéndose en el recurso a la analogía). El Tribunal -dice- ha actuado no con el fin de resolver un supuesto concreto, sino con la convicción de que «al fallar un caso está definiendo criterios normativos de alcance genérico» (p. 41). Así, ha logrado solucionar, en cierta medida, un problema interno (narcotráfico), pero ha violado valores de máxima jerarquía, poniendo en peligro las relaciones internacionales pacíficas (p. 47). El prof. Vanos-si, si bien concuerda con el fondo de la argumentación del prof. Cueto, sostiene que el fallo fue un error tanto desde el plano técnico-jurídico, como socio-político. Desde el primer punto de vista, falla estrepitosamente el precedente en el que se apoya...

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