¿Puede la teoría del derecho estar libre de valores?

AutorRoberto M. Jiménez Cano
CargoUniversidad Carlos III de Madrid
Páginas93-118

Ver nota 1

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1. Introducción La formulación clásica de la tesis de la neutralidad valorativa

En un marco conceptual ya clásico se viene afirmando que el objetivo de la ciencia es la verdad objetiva y que la tarea de las teorías es explicar el mundo y las regularidades de los fenómenos2. En otras palabras, que la misión de la ciencia o de la teoría no es más que realizar enunciados verdaderos sobre la realidad, es decir, proporcionar enunciados con valor cognitivo que suministran información verdadera sobre el mundo. Todos esos enunciados con valor cognitivo sobre la realidad o la totalidad de los objetos de la razón y de la investigación humana se han clasificado, desde el empirismo británico del siglo XVII, bien en "relaciones de ideas", bien en "cuestiones de hecho". De esta manera, toda proposición que puede descubrirse por la simple operación del pensamiento y que es intuitiva quedaba configurada como una relación de ideas o de conceptos. Por ejemplo, "el cuadrado de la hipotenusa es igual al cuadrado de los dos lados" es una proposición que muestra la relación entre partes de un triángulo. La proposición "tres veces cinco es igual a la mitad de treinta" muestra una relación entre números. Este tipo de proposiciones -características de la matemática y de la lógica- son siempre ciertas y evidentes, aunque jamás hubiera habido un triángulo en la naturaleza. Las cuestiones de hecho, por su parte, no son evidentes y están basadas en relaciones de causa y efecto que sólo pueden ser conocidas a través de la experiencia3.

El neopositivismo del siglo XX, por su parte, adoptó el denominado principio de verificación como criterio de conocimiento y de verdad de las

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proposiciones teóricas4. De acuerdo con el principio de verificación únicamente tienen sentido cognitivo, esto es, sólo pueden conocerse y, por ende, reputarse como verdaderas o falsas aquellas proposiciones acerca de cuestiones que se puedan percibir y experimentar. Por tanto, de acuerdo a este principio, una proposición sólo tiene sentido si se pueden enunciar las condiciones bajo las cuales dicha proposición es verdadera y aquellas bajo las cuales es falsa. De modo que, si se es incapaz de verificar (o falsear) una proposición, dicha proposición ha de ser considerada como carente de significado5.

Ahora bien, admitir el principio de verificación abocaba al empirismo a un dilema: bien a afirmar que las proposiciones de la lógica y de la matemática no eran verdades necesarias, bien a entender que éstas no tienen contenido factual o empírico alguno y, pese a ello, demostrar que dichas proposiciones son verdaderas y útiles. El positivismo lógico se decantará por la segunda opción y afirmará que, en efecto, las proposiciones de la lógica y de la matemática no dicen nada sobre ninguna realidad, sino que son analíticas o tautológicas. En este sentido, un juicio analítico es tautológico en cuanto

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que no ofrece un nuevo conocimiento, no dice nada nuevo de ninguna realidad y por ello ninguna experiencia física puede afirmarla ni refutarla. Aún así -pese a que las proposiciones analíticas no digan nada nuevo sobre ninguna realidad- esto no quiere decir que dichos juicios sean expresiones absurdas, ya que tienen un valor cognitivo: son útiles para el conocimiento al llamar la atención sobre los usos lingüísticos de los que, de otro modo, no se podría ser consciente. Además, disiparían confusiones al revelar ciertas ambigüedades e implicaciones o connotaciones valorativas de determinadas afirmaciones y creencias6.

En definitiva, el nuevo empirismo diferenciará entre las proposiciones o juicios analíticos y las proposiciones o juicios sintéticos como únicos objetos de conocimiento teórico7. Así, un enunciado es analítico cuando, a tenor de su estructura lógica, del significado de las palabras o de las definiciones de los símbolos que lo componen, es necesariamente verdadero (o necesariamente falso). Por su parte, un enunciado es sintético o empírico cuando su verdad o falsedad está sujeta a la comprobación fáctica del mismo8. Por tanto, el valor de verdad de los enunciados analíticos es a priori o independiere de la experiencia, mientras que el de los enunciados sintéticos es a posteriori, pues depende de observaciones sensoriales9.

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La concepción neopositivista dejaba, pues, fuera del ámbito de la ciencia y de las teorías todo tipo de juicio ajeno a lo analítico o a lo sintético. Así, frente a los juicios con valor cognitivo o valor de verdad se encuentran los juicios sin valor cognitivo o sin valor de verdad. Entre estos últimos destacaban los juicios estéticos y, en especial, los de valor. Tales juicios no son ni verdaderos ni falsos, pues no existe ningún criterio para determinar su validez, ni añaden ningún nuevo conocimiento sobre la realidad empírica. Sólo sirven, como mucho, para expresar un hecho acompañado de cierto sentimiento hacia él por parte del hablante y que, en algún sentido, envuelve un mandato al provocar los sentimientos y estimular la acción de otros10.

La separación de los diferentes tipos de juicios en juicios con valor o sin valor de verdad propició la idea de que sólo los primeros versaban sobre el estado de cosas del mundo o, en una palabra, sobre "hechos", es decir, sobre el objeto de la ciencia11. Por tanto, la ciencia informa, la ciencia describe, la ciencia explica, la ciencia conoce todo lo que es, pero la ciencia no trata de gustos ni de lo que debe ser. A la ciencia le interesan los hechos, no los valores, la ciencia es descriptiva y no-valorativa. La teoría científica, en definitiva, se mantiene orgullosa y manifiestamente alejada de juicio de valor12.

Ahora bien, ha de notarse que con la idea de que la ciencia o la teoría están libres de valor o de que se mantienen neutrales desde el punto de vista

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valorativo se puede estar afirmando tres tesis muy diferentes13. Primera. La tesis de la imparcialidad. Segunda. La tesis de la neutralidad propiamente dicha. Tercera. La tesis de la autonomía. Según la primera tesis, la aceptación de una teoría depende únicamente de juicios epistémicos o cognitivos independientemente de cualquier otra consideración; de manera que más allá de los valores epistémicos no existe un papel adecuado para otro tipo de valores (morales, por ejemplo) en la evaluación de la solidez de los conocimientos científicos. De acuerdo con la segunda, las teorías producen un cuerpo de conocimiento que es neutral respecto de perspectivas de valor opuestas, de manera que no favorecen las pretensiones o intereses de una concreta perspectiva de valor. Bajo la tercera tesis, por último, sólo los científicos deben decidir qué investigar y cómo hacerlo. Pues bien, durante estas líneas, se defenderá, pues, la tesis de la imparcialidad y, en cierto sentido, la de la neutralidad, teniendo en cuenta en este último caso que las teorías pueden favorecer o estar al servicio de ciertos valores, como el progreso o la verdad, no compartidos por todas las diferentes perspectivas de valor14. De esta manera, se sostendrá que la formulación de la teoría del Derecho ni favorece ni está al servicio de ningún sistema de valores más allá de los puramente epistémicos o metodológicos y que los resultados de la misma únicamente pueden enjuiciarse de acuerdo a criterios de éxito basados en razones científicas o de evidencia sensible15.

En orden a defender tal tesis, se abordará, en primer lugar, el significado de su formulación clásica en la teoría del Derecho de los siglos XIX y XX. En segundo lugar, se atenderá a las críticas hacia dicha formulación clásica que tienen como punto de mira el papel de los denominados valores epistémicos. En último lugar, centrándose en la actual discusión en el seno de la teoría jurídica, se acometerá el rol de los llamados valores prácticos y la cuestión de si es posible o no seguir manteniendo la tesis de que la teoría del Derecho puede quedar libre de valores morales y políticos.

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2. La formulación de la tesis de la neutralidad valorativa en la Teoría del Derecho

Desde el siglo XIX, en el ámbito de la Jurisprudencia analítica inglesa, se ha venido diferenciando entre dos ámbitos de estudio del Derecho muy diferentes. Jeremy Bentham distinguía, así, la "Jurisprudencia expositiva" de la "Jurisprudencia censoria". El objetivo de la primera consiste en exponer o explicar el Derecho tal y como es, mientras que la tarea de la segunda se centraba en la crítica jurídica, es decir, ocuparse del Derecho tal y como debía ser16.

La dicotomía de Bentham implicaba, pues, dos puntos de vista diferentes desde los que acercarse al fenómeno jurídico, el punto de vista explicativo o descriptivo y el punto de vista crítico o prescriptivo. Pero, además, suponía la aplicación al Derecho de la distinción "ser/debe" o de la denominada "ley de Hume", pues tal distinción tiene su origen en David Hume, de acuerdo con el cual no se puede deducir lógicamente el deber ser del ser ni, por tanto, un juicio de valor de un juicio de hecho17.

Desde Hume la dicotomía ser-debe ha servido como base para otras cuatro dicotomías. En primer lugar, desde un plano metodológico, se ha usado para distinguir las teorías descriptivas (el ser) de las teorías normativas (el deber)18. En segundo lugar, desde una perspectiva ontológica, se ha empleado para diferenciar entre los hechos (el ser) y los valores (el deber). En tercer lugar, ahora desde un plano semántico, se ha distinguido entre las proposiciones descriptivas (el ser) y las proposiciones prescriptivas (el deber). En cuarto y último lugar, la dicotomía entre el ser y el deber se ha utilizado...

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