Publicidad oficial mexicana y narcotráfico: 12 años de legitimación del conflicto

AutorHermes Ulises Prieto Mora
Páginas212-223
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Universidad Internacional de Valencia
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La publicidad oficial es una forma de comunicación llevada a cabo por cualquier nivel de gobier-
no, a través de cualquier medio de comunicación, que se inserta en los espacios destinados a la publi-
cidad comercial y que tiene la intención de informar sobre procedimientos y plazos relacionados con
los servicios que presta la Administración, además de educar positivamente, lograr la aceptación de
un código de conducta y/ o valores orientados a la mejora de las relaciones sociales de los ciudadanos
con su entorno social, físico y natural.
Se trata también de una de las formas de existencia más importantes del Estado, de un eficaz
instrumento para comunicarse con la ciudadanía y de un sector de la comunicación institucional que
a nivel federal en México maneja presupuestos anuales de alrededor de diez mil millones de pesos
mexicanos. Se trata pues, a fin de cuentas, de comunicación pública, por lo que debería tener como
objetivo final el bienestar común.
Esta función meramente pública de la publicidad oficial se ve verificada en algunas naciones,
como los Países Bajos, donde una investigación realizada por Cortés (2009) sugirió que más de la
mitad de la publicidad oficial emitida por el gobierno central de este país fomenta las culturas de paz.
Otro ejemplo interesante lo encontramos en Canadá, donde la Communications Policy of the
Government of Canada establece la importancia del respeto y la promoción de los Derechos Humanos
en sus comunicaciones y el aseguramiento de la utilidad de sus mensajes, además de legislar la obliga-
ción de publicar informes anuales de publicidad oficial. En España, por su parte, la Ley de Publicidad
y Comunicación Institucional (Ley 29/2005, de 29 de diciembre) señala que sólo se podrán realizar
campañas institucionales cuando concurran razones de interés público y que éstas deben contribuir
a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, respetando la diversidad social y cultural presente
en la sociedad, ajustándose en todo momento a los principios de interés general, lealtad institucional,
veracidad, transparencia, eficacia, responsabilidad, eficiencia y austeridad en el gasto, al tiempo que
prohíbe aquellas campañas que incluyan mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a los prin-
cipios, valores y derechos constitucionales, que inciten de forma directa o indirecta a la violencia o a
comportamientos contrarios al ordenamiento jurídico.
1 Este artículo ha sido financiado por el programa de ayudas para la presentación de resultados de investigación
en congresos de la Universidad Internacional de Valencia.

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