Sobre la prueba de la causa del vuelco de un camión transportando unas bobinas de papel

AutorLluís Muñoz Sabaté
Cargo del AutorAbogado. Profesor Titular de Derecho Procesal Universidad de Barcelona
Páginas165-167

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He aquí un interesante problema de verificación de la causa de un accidente que básicamente se resuelve a través de inferencias abductivas, lo cual no deja de representar un buen ejercicio de probática.

¿Fue inadecuación de la estiba en el remolque del camión o un fallo en la conducción del vehículo por velocidad inadecuada o falsa maniobra de su conductor? El hecho operante, a partir del cual se debe probar la causa a fin de poder determinar jurídicamente la responsabilidad del cargador o del transportista es el vuelco del camión con su carga sobre el costado derecho, circulando a la salida de una curva hacia la izquierda.

Lo resuelve la sentencia de la Audiencia de Barcelona de 17 octubre 2007 (ponente Luis Garrido, RJC 2008, 1, pág. 116) la cual empieza por no estimar demostrado que el camión circulase a inadecuada velocidad. Obsérvese que generalmente el pensamiento probático suele ir por tramos epistemológicos y que en la prueba de un accidente de circulación un tramo axial acostumbra a ser la velocidad.

Un hecho determinante en este caso es que el vuelco del vehículo se produce a la salida de una curva cerrada a la izquierda, ligeramente peraltada hacia ese lado, y en bajada, produciéndose el vuelco sobre el costado derecho del camión.

A la luz de la experiencia —decimos nosotros— lo normal resulta que en una curva orográfícamente complicada un camión con remolque circule a velocidad moderada. Esta afirmación, que no pasaría de ser probáticamente más que un simple argumentum, la confirma la sentencia que comentamos con dos importantes indicios que convierten el argumentum en presunción.

  1. Aunque el tacógrafo del camión «no puede revelar la velocidad a que circulaba en el momento de tomar la curva, refleja que la velocidad máxima que alcanzó en algún momento, antes de llegar a ese punto, fue de 50/55 km/h».

  2. Este registro «es similar a los que reflejaron los tacógrafos de otros camiones que han transportado idéntica carga por el mismo trayecto (así lo han verificado los peritos de ambas partes)».

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Otro de los indicios de velocidad suele ser la marca que una frenada ha dejado sobre el pavimento. En nuestro caso existen unas huellas de frenada a la salida de la curva muy poco reveladoras para el cálculo matemático de la velocidad, pero la presunción homini sustituye aquí a la presunción técnica. Lo lógico es que si el camión hubiese ido a excesiva velocidad, la corrección de la misma mediante frenado no se hubiere...

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