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Este Proyecto de Ley propone diversas modificaciones en la Ley General Tributaria (artículo 164). Concretamente:
· A fin de coordinar la actuación de la Administración tributaria en caso de concurso, se establece que, cuando un procedimiento de apremio concurra con otros procedimientos de ejecución, ya sean singulares o universales, judiciales o no judiciales, las cuestiones de preferencia de índole procedimental se resolverán en función de la fecha de la diligencia de embargo del bien o derecho.
· Se establece que el inicio de un procedimiento de concurso de acreedores no impedirá que se dicte la correspondiente providencia de apremio y se devenguen los recargos del periodo ejecutivo, si se dieran las condiciones para ello con anterioridad a la fecha de declaración del concurso...