El proyecto de acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio: GATT y propiedad industrial

AutorAlberto Casado Cervino

La importancia creciente de la propiedad industrial e intelectual en las relaciones económicas internacionales ha generado, como un efecto adicional, que los debates, trabajos y decisiones sobre esta materia se hayan trasladado desde los organismos internacionales que tradicionalmente se ocupan de este área a foros comerciales, como el GATT, habitualmente alejado de estos temas. En efecto, el GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio) es el órgano encargado de administrar un Tratado multilateral en el campo del comercio y se inspira en unos principios generalmente reconocidos; a saber: los principios de no discriminación/nación más favorecida, tratamiento nacional y libertad de comercio. La función del GATT no es, en principio, fijar normas en materia de Propiedad Industrial, sino regular el comercio internacional con el objetivo de eliminar las barreras comerciales y resolver los conflictos internacionales.

Pues bien, con ocasión del período extraordinario de sesiones celebrado en Punta del Este en septiembre de 1986, los Ministros representantes de los Estados que conforman el GATT decidieron iniciar Negociaciones Comerciales Multilaterales (la Ronda Uruguay), creando al efecto un Comité de Negociaciones Comerciales (CNC). Dichas negociaciones, iniciadas el 31 de octubre de 1986, deberían concluir en un plazo de cuatro años, es decir, al final de 1990. No obstante, se han extendido al menos hasta principios de 1993. Uno de los temas de negociación que se ha incluido dentro de la Ronda de Uruguay es el de los aspectos de los Derechos de Propiedad Industrial (DPI) relacionados con el comercio. Las negociaciones tienen por finalidad la elaboración de un marco multilateral de principios, normas y disciplinas, con el fin de reducir las distorsiones del comercio internacional y los obstáculos al mismo, y de impulsar y fomentar una protección eficaz y adecuada a los derechos de la propiedad intelectual. Asimismo se persigue velar por que las medidas y procedimientos destinados a hacer respetar dichos derechos no se conviertan, a su vez, en obstáculos al comercio legítimo.

La fase inicial de estas negociaciones debía comprender -como así sucedió- varias etapas que incluyesen, de un lado, la identificación de las distorsiones del comercio relacionadas con problemas de protección de la Propiedad Intelectual. De otro lado, identificación y estudio de las disposiciones pertinentes del GATT y su aplicabilidad y adaptabilidad a la eliminación de las distorsiones del comercio detectadas y, en tercer lugar, presentación y estudio de las propuestas de procedimientos y técnicas que podrían ser utilizados para eliminar las distorsiones del comercio identificadas.

A pesar de las declaraciones generales, desde el inicio de las negociaciones se planteó un primer problema de fondo de naturaleza política; a saber: el papel de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en estos trabajos. Los países en desarrollo han defendido siempre que la OMPI, en cuanto Agencia de Naciones Unidas especializada en los temas de propiedad intelectual, debería asumir sus competencias en la materia y, por tanto, los trabajos sobre elaboración de normas y protección de los DPI deberían realizarse exclusivamente en el seno de la OMPI.

Los países desarrollados, por el contrario, propugnaron que al menos determinados aspectos de la protección de los DPI deberían discutirse en el seno del GATT, si bien aquí se manifestaron dos tendencias. Por un lado, la de los países europeos, en general, quienes admitiendo la necesidad de discutir estas cuestiones en el seno del GATT, son partidarios de que la OMPI siga ejerciendo un papel activo en el campo de la protección de los DPI. Por otro lado, la postura de los Estados Unidos y otros países fundamentalmente del área del Pacífico, quienes con poca confianza en la labor desarrollada por OMPI, desearían vaciar de competencias a esta Organización y transferir...

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