La Protección Regional de los Derechos Humanos

Páginas59-70
Hablamos de Derechos Humanos
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LA PROTECCIÓN REGIONAL
DE LOS DERECHOS HUMANOS
¿Son los derechos humanos universales? Sí, pero con matices porque somos diversos en
muchos sentidos y eso condiciona nuestra forma de ver e interpretar lo que sucede, lo que es
y lo que debería ser. Hemos esbozado el sistema global de protección de los derechos
humanos, las bases comunes para todos y ahora corresponde hacer un repaso de cómo con
carácter regional se han ido desarrollando sistemas complementarios.
Como sucedió con el marco global de la ONU, cada uno de estos sistemas regionales es
fruto de un momento histórico y, en consecuencia, su evolución también ha variado con el
tiempo, con la dinámica propia de su idiosincrasia socio-cultural y de sus condicionantes
políticos. En torno a unos principios y valores comunes, los Estados se han agrupado para
promover y proteger en su entorno próximo los compromisos internacionales contraídos en
materia de derechos humanos. En ese “replicar” del sistema, también se ha seguido una
organización análoga a la vista para Naciones Unidas: asamblea, comités, agencias, etc.
Algunos de estos sistemas cuentan con un elemento clave del que carece el sistema global,
un órgano judicial, otros no. En cualquier caso, la efectividad de todo Tribunal o Corte
dependerá, en última instancia, de los consentimientos otorgados por los Estados.
Estamos ante sistemas que no son excluyentes, sino que se complementan y “alimentan”
entre sí. De ahí que la coexistencia de los diferentes sistemas debería hacer más eficaz la
protección de los derechos humanos en todo el mundo.
Figura 1: Regiones político-geográficas que suelen aparecer en los informes.
Fuente: ONU.

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