La protección de la propiedad intelectual en internet y su posible colisión con los derechos fundamentales a la protección de datos personales y la libertad de expresión: la posición del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

AutorAna Garriga Domínguez
Páginas145-148

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La expansión de Internet ha afectado a todos los ámbitos económicos y sociales, pero alguno como el de "la industria de la propiedad intelectual ha quedado desbordada con la irrupción de Internet"510, por lo que reclama cambios regulativos que garanticen sus derechos e intereses. Las reticencias de la industria cultural hacia Internet se fundamentan, sobre todo, "en la proliferación de la imitación fraudulenta en la red, en la inadaptación de la legislación sobre propiedad intelectual al fenómeno de la comunicación a través de Internet" y a la incapacidad de las administraciones públicas y las entidades privadas para proteger los derechos de autor en la red511. Pues, en el universo digital resulta "factible divulgar archivos protegidos por los derechos de autor de forma anónima y con relativa facilidad", en especial cuando el servidor a través del que se comparte la información de forma ilícita se encuentra situado en el extranjero512.

En el ámbito de la defensa de la propiedad intelectual, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha tenido oportunidad de pronunciarse en varias ocasiones sobre el alcance del artículo 15 de la Directiva 200/31/CE y, por lo tanto, sobre los límites de la responsabilidad de los prestadores de servicios en la sociedad de la información. En su sentencia de 24 de noviembre de 2011, estableció que el apartado primero de dicho precepto prohíbe a las autoridades nacionales adoptar medidas que obliguen a un proveedor de acceso a Internet a proceder a una supervisión general de los datos que transmita en su red. Veamos este primer caso.

Scarlet Extended SA es un proveedor de acceso a Internet que proporciona a sus clientes acceso a Internet, sin ofrecer otros servicios como la descarga o el intercambio de archivos. SABAM es una sociedad de gestión, que representa a los autores,

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compositores y editores de obras musicales, autorizando el uso por terceros de sus obras protegidas. Esta sociedad de autores consideraba que los internautas utilizaban los servicios de Scarlet Extended para descargar, sin autorización y sin pagar derechos de autor, obras que figuran en su catálogo mediante redes «peer to peer». En el año 2004, SABAM presenta una demanda contra Scarlet Extended y mediante resolución de 29 de junio de 2007, el Presidente del Tribunal de primera instancia de Bruselas condenó a esta sociedad a poner fin a las infracciones de los derechos de autor impidiendo cualquier forma de envío o de recepción por sus clientes, mediante un programa «peer-to-peer», de archivos electrónicos que reproduzcan una obra musical del repertorio de SABAM.

El proveedor de acceso a Internet recurrió dicha resolución ante la Corte de apelación de Bruselas alegando entre otras razones que se le estaba imponiendo de hecho una obligación general de supervisar las comunicaciones en su red, ya que cualquier dispositivo de bloqueo o de filtrado del tráfico «peer-to-peer» requiere necesariamente una supervisión generalizada de todas las comunicaciones que pasan por esa red, lo que en su opinión...

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