La protección al desarrollo humano desde el comienzo de la vida: análisis crítico del marco legal para primera infancia en Brasil

AutorEdenilza Gobbo/Larissa Thielle Arcaro
Páginas33-47

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1. Introducción

Las ciencias vienen destacando la importancia de los primeros años de vida en el desarrollo humano, desde el crecimiento físico a la adquisición del lenguaje, hasta la creación de bases sociales y culturales que fundamentarán su vida adulta.

En Brasil, a pesar de la protección especial para los niños y adolescentes, reglada a través de la Ley n. 8.069/90 (Estatuto del Niño y del Adolescente) surgió un movimiento llamado Red Nacional de la Primera Infancia, que movilizó la sociedad civil y brasileños en torno de estudios sobre la temática, que culminaron con la publicación de la Ley n. 13.257, de 8 de marzo de 2016, conocida como Marco Legal para Primera Infancia.

El diploma es resultado de la preocupación y de la necesidad de conferir protección especializada para aquellos que poseen entre 0 (cero) y 6 (seis) años de edad, individuos en situación peculiar de vulnerabilidad, como mecanismo para el desarrollo humano.

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En relación a esa normativa, este trabajo objetiva destacar aspectos importantes sobre el desarrollo humano desde el comienzo de la vida, teniendo como parámetros el derecho al cuidado, especialmente aquel prestado por los genitores a los hijos, garantizado por el derecho fundamental a la convivencia con la familia de origen.

Por lo tanto, se analizan algunos dispositivos del Marco Legal para Primera Infancia, a fin de demonstrar los avanzos en relación a la legislación existente hasta hoy, bien como las incoherencias entre qué el nivel reglamentado propone y qué, en efectivamente, se muestra necesario para la garantía del derecho a la convivencia familiar.

2. El derecho al desarrollo humano y el comienzo de la vida

Hasta el final de la década de 1960 y el comienzo de 1970, el derecho al desarrollo era una cuestión que atendía a los intereses puramente económicos (PERRONE-MOISÉS apud FACHIN, 2015).

La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, de 1986, consolidó un cambio de foco significativo, con el human rights approach del desarrollo y, de esa forma, los deseos económicos pasaron a dar espacio a las necesidades humanas, teniendo la noción de crecimiento económico poco a ver con esta renovada visión del desarrollo (FACHIN, 2015).

Según Piovesan (2012, p. 53-54):

Uno de los más extraordinarios avanzos de la declaración de 1986 fue lanzar el human rights-based approach al derecho al desarrollo. El human rights-based approach es una concepción estructural al proceso de desarrollo sostenida de forma normativa en los parámetros internacionales de los derechos humanos y directamente centrada a la promoción y a la protección de los derechos humanos. El human rights-based approach aspira integrar normas, standards y princípios del sistema internacional de derechos humanos en los planes, políticos y procesos relativos al desarrollo3.

Así, el derecho al desarrollo, comprendido como integrante de la origen de los derechos humanos y libertades fundamentales, se caracteriza como un

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proceso constante y amplio, con vistas a garantizar mejores condiciones de vida tanto en la perspectiva individual, cuanto en la convivencia comunitaria (FACHIN, 2012).

Aunque no haya formula lista para el derecho humano al desarrollo, hay un conjunto de atributos esenciales, apuntados por el Alto Comisariado en asociación con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

En síntesis, se considera desarrollo humano “aquel que sitúa las personas en el centro del desarrollo, promoviendo la realización de su potencial, el aumento de sus posibilidades y el disfrute de la libertad de vivir la vida que ellas desean (PNUD, 2017)4.

En el mismo sentido, en los últimos años, las descubiertas científicas de asistentes sociales, economistas, educadores, neurocientistas, nutricionistas, pediatras, psicólogos, psiquiatras etc., evidenciaron que el periodo más estratégico para la promoción del desarrollo humano, social y económico es el periodo inicial de la vida (BRASIL, 2016).

El premio Nobel James Heckman realizó un estudio de caso sobre la importancia de los primeros años de vida de los niños, demostrando que es un periodo crítico para la formación de habilidades y capacidades determinantes para los resultados a lo largo de la trayectoria del individuo. Según su argumentación, la acumulación de capital humano es un proceso dinámico en el ciclo de la vida, en el cual habilidades generan habilidades (YOUNG, 2016, p. 21).

Heckman (apud YOUNG, 2016) concluyó que las capacidades no están definidas al nacer o determinadas apenas genéticamente, pero, sí, son afectadas causalmente por el investimento de los padres. Además, conforme el estudioso, una medida apropiada de desventaja está más relacionada a la falta de calidad del cuidado ofrecido por los padres, del vínculo, de la consistencia y de la supervisión, do que la remuneración por si sola.

En el mismo sentido, el economista brasileño Flavio Cunha defiende que aplicar verbas públicas en programas para la primera infancia es una investidura lucrativa para cualquier gobierno, pues da más retorno do que acciones en la Bolsa de Valores, aplicaciones y fondos de bancos o corretoras. Según Cunha, niños carentes que reciben educación infantil de mejor calidad suelen tener más renta, menor envolvimiento con la criminalidad y mayor posibilidad de tener casa propia.

Hay también economía de gastos con educación, porque la reprobación disminuye y hay reducción de gastos públicos con la salud del niño (CUNHA, 2017).

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De ese modo, el desarrollo humano es un poderoso generador de equidad. La investidura en la primera infancia conduce a beneficios significativos a largo plazo, que reducen el hueco entre alta y baja renta familiar. Investir en nuevos niños en situación de desventaja “proporciona justicia y equidad social y, al mismo tiempo, proporciona productividad en la economía y en la sociedad como un todo”5(YOUNG, 2016, p. 22).

Así, el desarrollo de la primera infancia (DPI) y el desarrollo humano (DH) están íntimamente relacionados:

El desarrollo humano, definido de forma amplia, es el objetivo amplio de la mayoría de los programas de desarrollo internacionales y multinacionales. Como el DH está muy íntimamente relacionado al DPI, investir en el DPI es el punto de partida natural para estos programas, y para la política pública que los estructura. Cuatro “caminos” fundamentales relacionan el DPI al DH. El primer camino es la educación. Las intervenciones durante los primeros años de vida del niño tienen muchos beneficios para las investiduras siguientes en su educación, variando desde la matricula en el momento adecuado en la escuela primaria hasta una probabilidad mayor de ascender a niveles escolares más elevados. El segundo camino es la salud. Como la educación, la investidura en salud es una investidura en el capital humano y tiene beneficios de largo plazo. El tercer camino relaciona la noción de un mejor comportamiento social (como resultado de estar matriculado en un programa de DPI) con la formación de capital social. Esta relación es más especulativa, pero es sugerida por algunos resultados interesantes de investigaciones. En el cuarto camino, el DPI está relaciono al DH por el potencial de los programas de DPI para enfrentar la desigualdad en la sociedad. Y, finalmente, la educación, salud, el capital social y la desigualdad están relacionadas al crecimiento económico y, por lo tanto, al DH6(GAAG, 2010, p. 67).

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En esa perspectiva de medidas que tiene por propósito promover el desarrollo humano, en Brasil, surge el Marco Legal para Primera Infancia.

3. El marco legal para la primera infancia en Brasil

La Constitución Federal de 1988, en su artículo 227, trajo la protección de niños y adolescentes, tratando a ellos por primera vez como sujetos de derechos abrigados por la doctrina de la protección integral.

La principal reglamentación se dio a través del Estatuto del Niño y del Adolescente (Ley n. 8.069/90), que define como niños aquellos que poseen entre 0 (cero) y 12 (doce) años de edad incompletos y adolescentes los que estén en el grupo de edad entre 12 (doce) y 18 (dieciocho) años de edad incompletos.

Delante de las diversas evidencias científicas sobre la importancia de los primeros seis años de edad en el desarrollo humano y por iniciativa del movimiento Red Nacional de Primera Infancia, fue sancionada la Ley n...

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