La propuesta de estatuto de autonomía de 1936 y la identidad jurídica de cantabria

AutorManuel Ángel Bermejo Castrillo
CargoUniversidad Carlos III de Madrid
Páginas287-318
LA PROPUESTA DE ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE 1936
Y LA IDENTIDAD JURÍDICA DE CANTABRIA
THE STATUTE OF AUTONOMY PROPOSED IN 1936 AND
THE LEGAL IDENTITY OF CANTABRIA
Manuel Ángel Bermejo Castrillo
Universidad Carlos III de Madrid
SUMARIO: I. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. II. ESTADO INTEGRAL
Y AUTONOMÍA REGIONAL EN LA SEGUNDA REPÚBLICA. III. TRADICIÓN Y
DESPERTAR DEL REGIONALISMO EN CANTABRIA. IV. EL DEBATE
TERRITORIAL EN CANTABRIA DURANTE LA SEGUNDA REPÚBLICA. V. EL
ESTATUTO FEDERALISTA CÁNTABRO-CASTELLANO. VI. LA GUERRA CIVIL.
INTENSIFICACIÓN Y DESENLACE PARA UN BREVE TRAYECTO HACIA LA
AUTONOMÍA.
Resumen: El actual diseño del Estado de las Autonomías ha dibujado un mapa
territorial en el que se integran algunas Comunidades Autónomas, cuyo
fundamento histórico ha sido, en ocasiones, puesto en cuestión. En este trabajo
se aborda el caso de Cantabria, a través del estudio de importantes precedentes,
que demuestran que su constitución, en 1981, como Comunidad Autónoma no
fue resultado de una mera invención política, sino que rescataba la existencia de
un movimiento autonomista que había alcanzado un estimable desarrollo
durante una experiencia anterior de reorganización de la estructura territorial del
Estado tan destacada como la producida durante la Segunda República al
amparo de la Constitución de 1931.
ABSTRACT: The current model of the State of Autonomous Communities has
drawn a territorial map in which some of the Autonomous Communities included
have had their historical foundation questioned on occasion. This article will
address the case of Cantabria through the study of important precedents, which
will demonstrate that its constitution as an Autonomous Community in 1981 was
not a mere political invention, but rather recovered the validity of an autonomist
movement that had reached considerable development during a previous
noteworthy experience with reorganizing the territorial structure of the State,
such as the one carried out in the Second Republic under the Constitution of
1931.
Palabras clave: Cantabria. Segunda República. Organización territorial. Estatuto
de Autonomía. Federalismo.
Key words: Cantabria. Second Republic. Territorial organization. Statute of
Autonomy. Federalism.
Historia Constitucional (ISSN 1576-472)
n.19, 2018, págs. 287-318, http://www.historiaconstitucional.com
I. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
El vigente Estatuto de Autonomía de Cantabria afirma, en su preámbulo,
constituir la expresión jurídica de la identidad de Cantabria. Identidad que ha
sido colocada, en repetidas ocasiones, bajo sospecha, pero que, curiosamente,
encontró muy temprana ubicación en el mapa autonómico construido a partir de
las previsiones contenidas en la Constitución de 1978 respecto al modelo
territorial del Estado. Pues, en efecto, tras un proceso dinamizado por iniciativa
del municipio de Cabezón de la Sal, en abril de 1979, y conducido con particular
celeridad1, el Estatuto de Autonomía para Cantabria fue aprobado mediante la
Ley orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del
Estado del 11 de enero de 19822. De este modo, el Estatuto de Cantabria se
convirtió, junto con el de Asturias, aprobado en la misma fecha, en la primera ley
autonómica canalizada a través de la vía ordinaria establecida en el artículo
Esta presteza en la respuesta a la oportunidad ofrecida en sede
constitucional (artículo 143.1) para acceder al autogobierno y constituirse en
Comunidades Autónomas a aquellas provincias limítrofes que compartiesen
características históricas, económicas y culturales comunes, a los territorios
insulares y a las provincias con entidad regional histórica, como sería el caso de
Cantabria, no ha impedido -como hemos adelantado- que la justificación de su
individualización como tal ente de rango autonómico haya sido puesta en
entredicho y que, por ello, Cantabria haya sido señalada, junto a alguna otra
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
1 La necesaria confluencia de voluntades de las distintas fuerzas políticas en la senda
conducente a la autonomía no cristalizaría, sin embargo, de forma inmediata. Artífice de su
impulso inicial sería la Asociación para la Defensa de los Intereses de Cantabria (ADIC), que en
fecha tan temprana como el 3 de marzo de 1977 había adoptado la tesis de que “Cantabria es
región” y que, por tanto, no admitía su incorporación a cualquier otra comunidad vecina. A la
estela de las reivindicaciones de esta agrupación, diversas formaciones políticas irían sumándose
a las mismas: en primer lugar, el Partido de los Trabajadores de España (PTE), y después el
Partido Carlista, la Organización Revolucionaria de Trabajadores (ORT) e Izquierda Democrática, a
las que siguieron, aunque de manera menos decidida, el PSOE, el PSP y el Partido Comunista. En
contra se manifestaban los partidos conservadores y un sector de UCD, que se encontraba
dividido ante esta cuestión. Mariano González Clavero, Fuerzas políticas en el proceso autonómico
en Castilla-León, tesis doctoral inédita, Biblioteca virtual Miguel de Cervantes Valladolid, 2002,
pp. 314-315.
2 Menos de cinco meses habían transcurrido desde la aprobación de la Constitución, y ni
siquiera un mes desde la celebración de las primeras elecciones municipales democráticas,
cuando, en sesión plenaria de 30 de abril de 1979, el Ayuntamiento de Cabezón de la Sal adoptó
por unanimidad el acuerdo de apoyar el autogobierno de Cantabria, por considerar que ello
habría de servir “para potenciar y promover en todos sus aspectos el desarrollo de Cantabria”.
Puesto en marcha el proceso, en los dos meses siguientes se produjo la adhesión de otros ochenta
municipios y de la propia Diputación Provincial. En septiembre se constituyó la Asamblea Mixta
de diputados provinciales (miembros de la Diputación) y parlamentarios (cinco diputados del
Congreso y cuatro senadores). Y un mes más tarde se reunía por vez primera la Ponencia
encargada de la redacción del Estatuto, que estuvo integrada por diez representantes de los tres
partidos principales. El 11 de febrero de 1980 se publicaba el Anteproyecto, que, tras el preceptivo
plazo de información pública, fue aprobado, ya como Proyecto, por la Asamblea Mixta en el mes
de junio y después elevado a las Cortes para su tramitación como ley hasta su aprobación por el
Congreso el 15 de diciembre de 1980. Sobre el proceso de elaboración del Estatuto de Cantabria y
su contenido, Luis Martín Rebollo, Cantabria como Comunidad Autónoma. El estatuto de
Autonomía”, en Alfonso Moure Romanillo (ed.), Cantabria. Historia e Instituciones, Parlamento de
Cantabria-Universidad de Cantabria, Santander, 2002, pp. 241-262.
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comunidad autónoma de carácter uniprovincial, reducido tamaño y escaso
volumen de población, como ejemplo de los supuestos excesos generados por la
adopción de un modelo de organización territorial demasiado generoso en cuanto
a la flexibilidad de los cauces abiertos para el acceso a dicha condición, y en
particular en relación con la existencia de un verdadero sustrato histórico que
diese fundamento y legitimidad a su reconocimiento como región autónoma.
Al margen de las consideraciones que la cuestión pueda merecer, en un
plano general, a la hora de efectuar una valoración acerca del origen de las graves
dificultades por las que en la actualidad atraviesa el mantenimiento del diseño
territorial consagrado en la Constitución, también en su dimensión regional ésta
ha generado discusión entre quienes defienden la consistencia intrínseca de la
entidad jurídica propia de Cantabria y quienes siguen sosteniendo que, a falta de
una auténtica tradición histórica diferenciada, el régimen más adecuado para
Cantabria hubiera sido el de su integración en una comunidad autónoma más
amplia, en la que encontrase plasmación su pretendida pretérita ininterrumpida
castellanidad3. Es más, según alguna historiografía interpreta, este estrecho lazo
plurisecular con Castilla habría actuado como reactivo frente a la amenaza
desintegradora de los nacionalismos periféricos para la conformación de un
movimiento autonomista de dirección centrípeta y coadyuvante, junto al propio
regionalismo castellano, a la salvaguarda y garantía de la continuidad de la
unidad de España4. Un debate, en fin, al que en los últimos tiempos se ha
incorporado un nuevo elemento de importancia nada desdeñable, como es el
rescate de la perdida memoria de un fallido proyecto de Estatuto de Cantabria
elaborado en 19365, que vendría a refutar la vinculación del proceso que condujo
a la obtención de la autonomía para Cantabria a una oportunista invención de un
movimiento regionalista carente de pasado.
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3 Ya en el debate político previo a la elaboración del Estatuto de Autonomía hubo diversas
fuerzas políticas partidarias de la integración de la provincia de Cantabria en Castilla y León.
Principalmente, Alianza Popular, pero también el PSDE, que pronto desaparecería, y Comunión
Tradicionalista, que, en realidad, se declaraba contraria a la fórmula autonomista. Como se ha
indicado en una nota anterior, en el seno de UCD se produjo una fractura entre quienes eran
favorables a la autonomía, con Justo de las Cuevas a la cabeza, y quienes abogaban por la unión
a Castilla y León, con Francisco Laínz Gallo a su frente. Incluso, algunos de sus representantes
contemplaron la opción de formar una región triprovincial junto con Burgos y Logroño. Véase
Mariano González Clavero, Fuerzas políticas en el proceso autonómico en Castilla-León, pp. 315-
317.
4 Manuel Suárez Cortina, “Burguesía, identidad y regionalismo en Cantabria, 1876-1936”, en I
Encuentro de Historia de Cantabria, Universidad de Cantabria-Gobierno de Cantabria, Santander,
1999, T. II, pp. 1025-1048, p. 1027.
5 Aunque la noticia sobre su existencia ya había sido esgrimida con anterioridad, su puesta en
actualidad ha residido, principalmente, en la aparición del libro de Bernardo Colsa LLoreda, El
Estatuto cántabro de la II República. Crónica del truncado proceso autonómico d e Cantabria, ADIC
Santander, 2008. El autor afirma, p. 9, que su obra es deudora de dos trabajos inéditos
anteriores: uno a cargo de M. Alegría Fernández, M. D. De Mateo, A. R. Santamaría y M. E.
Fuente, Conciencia regional y Estatuto de Autonomía de Cantabria 1931-1936, del año 1985, que
nunca llegó a ser publicado, y otro de S. Huerta Fernández, Cantabria. La cuestión regional en la II
República, del que no se identifica el año de su realización y que no he conseguido localizar.
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