Propuesta de cambio de la OCDE y la UE

AutorRaquel Álamo Cerrillo
Páginas133-171

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A pesar de los esfuerzos realizados, y los criterios establecidos, tanto por la OCDE como por la Unión Europea para que las operaciones comerciales electrónicas se desarrollen de la forma más adecuada, y sin que se vean discriminadas, ya sea de forma positiva o negativa, frente a las transacciones comerciales tradicionales, se ha observado que las adaptaciones de los sistemas tributarios no han sido suficientes, pues existe un volumen importante de fraude fiscal asociado a la economía digital. Lo que repercute de forma negativa en las arcas públicas de los Estados, que ven como los ingresos públicos disminuyen y por tanto, se ven perjudicados tanto la cantidad como la calidad de los servicios públicos prestados por los mismos. Ante esta situación los actuales trabajos de las organizaciones internacionales mencionadas se centran en la lucha contra el fraude fiscal de la economía digital, así como las labores realizadas por las propias jurisdicciones.

Las características de la economía digital son la principal causa de la existencia de la problemática fiscal, ya que debido al elevado nivel de internacionalización de las empresas –a través de una página web pueden llegar a los consumidores potenciales de todo el mundo– y la transmisión de bienes intangibles –no atraviesan ninguna frontera física–, hacen que sea muy complicado determinar

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tanto el estado de origen de la renta, así como el de la fuente, por parte de las autoridades tributarias.

Por tanto, las autoridades tributarias competentes no pueden permanecer impasibles ante esta situación y han de buscar soluciones de forma rápida y duradera, con el fin de evitar las pérdidas de recaudación actuales y futuras. La OCDE y la UE, principales organizaciones de carácter internacional, han creado grupos de expertos y comisiones que analizan y estudian las distintas soluciones posibles al problema del fraude en la economía digital, que se basa fundamentalmente en la erosión de la base imponible y el desplazamiento de los beneficios hacía territorios de menor tributación –BEPS–. Los informes realizados tanto por la OCDE como por la UE establecen una serie de recomendaciones fiscales a llevar cabo para evitar este tipo de prácticas en la economía digital, puesto que las consecuencias negativas de la misma son nefastas para un correcto desarrollo de la economía.

3.1. El proyecto beps de la OCDE

La globalización de la economía ha aumentado de forma significativa en los últimos años, como consecuencia del desarrollo del conjunto de la sociedad, teniendo las nuevas tecnologías de la información y la comunicación un peso importante en el desarrollo de la misma. Por ello, la inversión extranjera directa ha aumentado en las distintas jurisdicciones, las actuales facilidades de las que disponen las empresas ayudan a buscar nuevos emplazamientos con facilidades fiscales que les ayuden a maximizar el beneficio.

Por tanto, el establecimiento de normas fiscales de carácter internacional tiene cada vez una importancia mayor, para evitar situaciones no deseadas tanto por las empresas como por los Estados, ya sea una doble tributación o una pérdida de ingresos fiscales como consecuencia de la deslocalización empresarial o la erosión

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de las bases imponibles de los tributos a los que las sociedades se encuentran sujetas.

El trabajo de los organismos internacionales, buscando el consenso y la coordinación de las distintas jurisdicciones es fundamental, de ahí que la OCDE pusiera en marcha un grupo de expertos con el objetivo de estudiar y analizar las distintas posibilidades que ofrece la norma tributaria para adecuarse a las características propias de la economía digital, y no dar lugar a una merma de ingresos fiscales en las jurisdicciones. Ya que, junto con la crisis económica y la realización de una planificación fiscal agresiva por parte de las empresas, principalmente de carácter internacional, a lo largo de los últimos años se observa una erosión de las bases imponibles de los principales impuestos así como un traslado de los beneficios hacía territorios más laxos en política fiscal.

Por ello, en el año 2013 la OCDE pone en marcha un ambicioso plan de acción integral, con el fin de reestablecer la confianza en los sistemas tributarios internacionales y asegurar que los beneficios tributen en aquella jurisdicción en la que la actividad económica es desarrollada y donde la misma genera valor. A este plan se le denominó “Action Plan on Base Erosion and Profit Shifting”, conocido de forma coloquial como el “Plan BEPS”. El mismo establece una serie de acciones, logradas por el trabajo conjunto y los esfuerzos realizados tanto por la OCDE como por los países del G-20, vién-dose implicados más de 60 países18.

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El Proyecto BEPS estable 15 acciones que recogen medidas que abordan distintas cuestiones, desde el establecimiento de nuevos estándares mínimos, así como el establecimiento de nuevos enfoques que beneficien la convergencia de prácticas fiscales nacionales. Las acciones recogidas son las siguientes:

- Acción 1: Abordar los retos de la economía digital para la imposición: Es necesario analizar y estudiar de forma exhaustiva los problemas iscales que los actuales modelos de negocio plantean a los sistemas tributarios actuales, al ser los nexos de unión con los territorios más débiles o difíciles de identiicar. El análisis debe ser realizado tanto en el ámbito de la imposición directa como indirecta.

Además, señala que la política iscal de los distintos estados tiene que ser desarrollada de forma coordinada entre las jurisdicciones. Es necesario establecer coherencia entre las normas tributarias existentes para evitar los actuales problemas.

- Acción 2: Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos: desarrollar nuevas disposiciones y recomendaciones para la elaboración de los modelos de doble imposición, incluido el modelo de la OCDE, con el objetivo de que las empresas no tengan que hacer frente a una doble tributación –situación que desincentiva su creación–.

- Acción 3: Fortalecer las normas de Transparencia Fiscal Internacional: con ellas los defraudadores tendrán más difícil la comisión del delito.

- Acción 4: Limitar la erosión de la base imponible a través de la deducción de intereses y otros pagos inancieros: las

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empresas pueden utilizar su deuda inanciera para reducir la carga tributaria.

- Acción 5: Combatir las prácticas tributarias perniciosas de manera más efectiva, atendiendo a la transparencia: mejorar la transparencia iscal es el primer objetivo a conseguir, dónde el intercambio de información debe realizarse de manera luida. Se debe prestar una especial atención a aquellos regímenes preferenciales en materia iscal, y para ello es muy importante que exista un alto grado de cooperación entre los distintos Estados.

- Acción 6: Impedir la utilización abusiva de convenios internacionales: es necesario desarrollar disposiciones y recomendaciones que impidan un trato beneicioso, o la existencia de doble imposición. Por ello, la coordinación adquiere una especial importancia.

- Acción 7: Prevenir la evasión iscal a través de un establecimiento permanente artiicial: es necesario una actualización del concepto de establecimiento permanente para evitar localizaciones artiiciales, así como también ha de revisarse la atribución de beneicios entre distintas jurisdicciones.

- Acción 8: Intangibles: han de evitarse los movimientos de intangibles entre entidades de un mismo grupo, para ello es necesario establecer una deinición clara y única de lo que se considera un activo intangible, garantizar que los beneicios de su transferencia están correctamente valora-dos –necesidad de revisar las formas de valoración de los precios de transferencia– y modiicar el sistema de reparto de costes.

- Acción 9: Riesgo y Capital: es necesario desarrollar normas que eviten que se puedan trasladar entre entidades riesgos y capital con el objetivo último de reducir la tributación.

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- Acción 10: Otras operaciones de alto riesgo: Desarrollar normas para evitar la erosión de las bases imponibles a través de transacciones muy especíicas difíciles de valorar.

- Acción 11: Establecer metodologías para recopilar y analizar datos, así como establecer acciones que eviten la erosión de las bases imponibles: es necesario desarrollar técnicas que sean capaces de tratar los datos de forma adecuada y establecer un reparto entre las distintas jurisdicciones, de forma que ningún Estado sufra pérdidas económicas.

- Acción 12: Exigir a los contribuyentes a revelar su forma de planiicación iscal agresiva: insistiendo en la idea de la transparencia la OCDE considera necesario establecer herramientas para prevenir estas prácticas, haciendo que sea necesaria la divulgación de determinada información por parte de las empresas, así como que exista una mayor coordinación entre las Administraciones tributarias com-petentes y los encargados de la política iscal.

- Acción 13: Reexaminar la documentación sobre los precios de transferencia: es necesario desarrollar nuevas normas en cuanto al cálculo y documentación necesaria para la deter-minación de los mismos. Las empresas multinacionales tendrán que proporcionar a los gobiernos pertinentes toda la información necesaria sobre su actividad económica, ingresos e impuestos pagados en las distintas jurisdicciones.

- Acción 14: hacer más efectivos los mecanismos de reso-lución de conlictos: es necesario establecer mecanismos rápidos que establezcan soluciones, para evitar pérdidas de recaudación iscal.

- Acción 15: Desarrollar instrumentos de carácter multinacio-nal: es necesario analizar las cuestiones iscales y el derecho internacional público relacionados con el desarrollo de un

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instrumento multilateral para permitir que las jurisdicciones que...

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