La propiedad en el marco del convenio europeo de derechos humanos

AutorFátima Yáñez Vivero
CargoCatedrática de Derecho civil. UNED
Páginas689-697
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 777, págs. 687 a 697 689
Recensiones bibliográficas
Finalmente, en el tercer capítulo, se examina el modo en que los Puntos
de Encuentro Familiar y la mediación pueden permitir reconducir el conflicto
existente en estos supuestos y hacer realidad el derecho de los hijos a mantener
relaciones personales con sus padres, pues los medios coercitivos que ofrece el
ordenamiento no siempre resultan adecuados o suficientes para afrontar estas
situaciones. En efecto, como expone la autora, a veces resulta necesario acudir
a nuevos sistemas alternativos que, priorizando el interés del menor, faciliten
el desarrollo del régimen de visitas, minimizando las consecuencias negativas
que le pudiera ocasionar la ruptura familiar, y si cabe, reducir el nivel de con-
frontación entre los padres para normalizar su relación. Con tal finalidad, los
Puntos de Encuentro Familiar tratan de dar respuesta, a través de una interven-
ción temporal y desde el ámbito psicosocial, a los casos en que existe una alta
conflictividad en el ejercicio del derecho de visita. Esta intervención se lleva a
cabo por profesionales en un lugar neutral y de acuerdo con las pautas que en
su caso establezca la autoridad judicial o administrativa competente, siendo sus
objetivos generales favorecer el cumplimiento del derecho del menor a mantener
la relación con ambos padres estableciendo los vínculos necesarios para su buen
desarrollo psíquico, afectivo y emocional, prevenir situaciones de violencia, y
orientar y apoyar a los padres para que consigan la autonomía necesaria en el
ejercicio de la coparentalidad sin depender del punto de encuentro, prestando
los servicios asistenciales adecuados para este objetivo.
Finalmente, se afronta el estudio de la mediación familiar en tanto constituye
en muchos casos el cauce idóneo para reconducir las disputas que dan origen
al incumplimiento por cualquiera de los progenitores del régimen de visitas, ya
sea para asistir en la negociación tendente a la fijación del régimen de relacio-
nes personales del no custodio con sus hijos menores, facilitando que sean las
propias partes quienes tomen las decisiones, como también para intervenir ante
un incumplimiento sistemático de lo ya resuelto judicialmente o pactado en
convenio regulador.
Como habrá podido apreciarse, nos hallamos, en definitiva, ante una exce-
lente obra realizada con todo el rigor científico que corresponde a una labor
investigadora y que, además, consigue acercarnos a la realidad y actualidad de
los temas que aborda. Por eso, su consulta resulta completamente indispensable
para todos los estudiosos del Derecho Civil, sino también para los profesio-
nales que ejercen su trabajo en el ámbito del Derecho de familia (abogados,
jueces, mediadores y profesionales interesados en la resolución extrajudicial
de conflictos).
RICCIO Angelo, La propiedad en el marco del Convenio Europeo de Derechos
Humanos, Madrid, Reus, 2018.
por
FÁTIMA YÁÑEZ VIVERO
Catedrática de Derecho civil
UNED
«El amplio espectro del derecho de propiedad: tutela del crédito y expro-
piación»

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