Propiedad industrial e intelectual

AutorIsabel Ramos Herranz
CargoProfesora Titular de Derecho Mercantil - Universidad Carlos III
Páginas60-69

    Esta sección se realiza bajo el Proyecto de investigación del Ministerio de Educación y Ciencia (Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica, Dirección General de Investigación), titulado "Análisis del fenómeno de la electronificación de los documentos de transporte desde una perspectiva jurídica", referencia 02948.SEJ2004-02021/JURI. De igual manera, la actividad de esta sección se enmarca dentro de las del Grupo de Investigación sobre Propiedad Industrial y Nuevas Tecnologías (PROINDTEN), de la Universidad Carlos III de Madrid, del que soy investigadora responsable.

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PALABRAS CLAVE: ciberocupación, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), nombres de dominio, Internet, página web, marcas, caracteres multilingües, derechos de autor (derecho de explotación, indemnización de daños y perjuicios).

I La ciberocupación se eleva por las prácticas de registro de nombres de dominio en Internet

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) publicó el 12 de marzo de 20071 un documento sobre el aumento de las demandas por ciberocupación ilícita presentadas ante la OMPI en el año 2006. Hubo un aumento del 25% en comparación con el año 2005. En el año 2006, el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI recibió 1.823 demandas por ciberocupación ilegal y registro abusivo de marcas como nombres de dominio (que alcanzaban a los gTLDs -generic top level domains o nombres de dominio de primer nivel genéricos- y a los dominios de nivel superior correspondientes a códigos de países -ccTLDs, country code top level domains-); mostrando el número más elevado de demandas desde el año 2000 (poco más tarde de la puesta en funcionamiento del sistema de resolución extrajudicial de conflictos en aplicación de la Política Uniforme de ICANN -diciembre de 1999-).

Este aumento preocupa a los titulares de marcas, en concreto, la preocupación viene derivada del sistema de registro de nombres de dominio en Internet, particularmente por el uso de programas informáticos para registrarPage 61 automáticamente nombres de dominio cuyo registro ya ha caducado y su estacionamiento temporal en portales de pago por "clic", la posibilidad de registrar nombres de dominio gratuitamente por un período de prueba de 5 días, la proliferación de nuevos registradores y la creación de nuevos dominios genéricos de nivel superior o gTLDs. Todo lleva a elevar las probabilidades de registro masivo y anónimo y en consecuencia no atender prácticamente los derechos de propiedad intelectual de terceros. En definitiva, se pone de manifiesto algo que ya venía ocurriendo antes, la ausencia de supervisión previa para evitar la infracción de derechos de propiedad intelectual en sentido amplio, como ya hemos indicado por escrito (es decir, las mejores medidas son las previas al conflicto o medidas preventivas, que están en manos de los registradores de Internet).

Es un dato relevante que por lo que respecta a la procedencia de las demandas presentadas ante la OMPI por aplicación de la Política Uniforme de ICANN los demandantes y demandados partes de los procedimientos procedían en su mayoría de Estados Unidos de América. En segundo lugar, los países cuyas partes aparecían como demandantes en las demandas correspondientes a los gTLDs eran Francia, Reino Unido, Alemania, España, Suiza, Italia, Canadá, Australia y los Países Bajos. Respecto de los demandados, detrás de Estados Unidos de América figuraban el Reino Unido, China, la República de Corea, Canadá, España, Francia, Australia, Italia y Rusia. Debemos destacar que en ambos lados figura España en un lugar no muy lejano a Estados Unidos de América.

II Nombres de dominio multilingües y el papel de la ""

La posibilidad de registrar nombres de dominio con caracteres multilingües, entre los que se encontraría la española "ñ", permite abrir el campo de SLDs (second level domains, dominios de segundo nivel) y con elloPage 62 la infracción de derechos de propiedad industrial e intelectual y otros derechos. El Plan de Registro de Nombres de Dominio bajo .es vigente, de 2005, posibilita el registro de nombres de dominio .es multilingües. Es cierto que este sistema permitiría ampliar la implantación de las Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TICs), ubicadas en el Plan Avanza español, pero hay que tener en cuenta las consecuencias de la extensión, cada vez mayor, desde el punto de vista jurídico y técnico (conocemos que se están manejando soluciones al respecto).

Arsys ha empezado a reservar nombres de dominio con caracteres multilingües, esperando que a finales de año estén ya activos2.

III Día Mundial de la Propiedad Intelectual: 26 de abril

No podemos dejar de aludir al Día Mundial de la Propiedad Intelectual: el 26 de abril. Se fijó por los Estados miembros de la OMPI en el año 2000. Se eligió ese día por ser la fecha en la que entró en vigor el Convenio por el que se establece la OMPI (1970).

La celebración va acompañada de...

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