Prólogo a la segunda edición en lengua alemana

AutorFriedrich Müller
Páginas49-50

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Esta segunda edición se hacía, de algún modo, necesaria, si bien lo cierto es que, por problemas de salud, he tenido ciertas dificultades para mantener el intercambio discursivo de las dos últimas décadas y volver a trabajar de lleno sobre las tesis de este trabajo y el estado de situación general de la dogmática y teoría de los derechos fundamentales. La documentación y el debate sobre materiales al efecto han tenido que quedar, salvando algunas excepciones, en un segundo plano.

En cierta medida, a la manera de compensación, he tratado de hacer otro tipo de contribuciones prácticas de trabajo, en forma de monografías, sobre la descripción sistemática de garantías individuales1, disyuntivas de especial relevancia en materia de igualdad y libertad2, así como en relación con el análisis de carácter metodológico3y teorético-jurídico (normativo) de los derechos fundamentales4.

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La posición dogmática de este libro tiene una base metodológica y de teoría normativa que se ha construido, sobre todo, con un ojo en la labor de la judicatura. Desde ambas perspectivas, se indican propuestas dables de concretización racional de derechos fundamentales. Y ello a partir de una dogmática sectorial o de análisis por partes de las garantías que se derivan de los cánones del Estado democrático de Derecho y del rol del análisis del ámbito normativo; buscando, sobre todo, cierta repercusión para la práctica judicial de las instancias jurisdiccionales más relevantes. En la tradición de los derechos fundamentales del Tribunal Constitucional Federal, adoptada desde la resolución Mephisto -en cuyos prolegómenos, dicho sea de paso, se habían elaborado este estudio y el trabajo Freiheit der Kunst als Problem der Grundrechtsdogmatik (La libertad artística como problema de la dogmática de los derechos fundamentales)-, se muestran precisamente, como cantus firmus, esfuerzos en pro de una praxis en esta línea; en la mayoría de los casos, como suele hacer el Poder Judicial, de forma implícita, si bien, a veces, en algunas decisiones significativas, también de forma más explícita.

En una situación en la que las estrategias postmodernas y de nueva discusión teórica (como en los casos de determinadas teorías institucionales o de corte autoritario previas a la Ley Fundamental) pretenden otra vez dejar los derechos fundamentales a veces como materia al arbitrio de la ponderación del Tribunal, dependiendo de los casos particulares que se van sucediendo...

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