Prologo: Remover obstáculos para hacer Justicia

Páginas10-11

Carlos Carnicerdiez - Presidente de la Fundación Consejo General de la Abogacía Española

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El Derecho es la instancia básica de pacificación, un instrumento elaborado durante milenios para el suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo), es decir, para resolver conflictos y favorecer la convivencia ordenada. Nunca fue una técnica abstracta y ese es el éxito y la aportación genial de los romanos. Además, desde su consolidación como auténtica ciencia a través de la jurisprudencia romana, el derecho siempre ha sabido beber en el resto de ciencias humanas y dar respuesta a las necesidades de vertebración de la sociedad.

El estudio que se aborda en este libro, por encargo y bajo patrocinio de la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española, se ha hecho desde la sociología y la economía, es decir, desde dos campos no jurídicos, y su objeto es la realidad actual de las personas mayores y la dependencia, física o psíquica, en que pueden caer bajo determinadas patologías y circunstancias.

La Fundación para los Derechos Humanos del CGAE nació con el objeto específico de trabajar sobre los Derechos Fundamentales de la persona, en especial sobre aquellos hacia los que la urgencia de nuestra época reclama el máximo interés de la Abogacía. El marco específico del Título I de nuestra Constitución facilita la definición de los derechos a los que nos referimos, pero nuestra atención se ha volcado necesariamente en los recogidos en el Capítulo III de ese mismo Título, los denominados "Principios rectores de la política económica y social". Es aquí donde la indeterminación del constituyente (ese "sólo podrán ser alegados ante la jurisdicción..." que fija el artículo 53, marcando con ese "sólo" un minusvahr respecto al resto de derechos fundamentales) debe compensarse con el quehacer del jurista. Ese mismo artículo lo dice en un rápido cambio de registro: en todo caso, "informarán la práctica judicial", instancia pura donde desarrolla su labor el abogado. Será la reiterada postulación de los letrados en la defensa de los derechos de los ciudadanos la que, a base de un reclamo permanente de justicia, irá creando-recreando el contenido dogmático de estos derechos. En definitiva, frente a derechos cuya mera enunciación define su contenido y potencia, aquí estamos en un proceso de auténtica creación jurídica.

Hemos empezado por un derecho concreto, el de los mayores a una vida digna, definido en el artículo 50 del texto constitucional. El...

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